INE desecha solicitud de ‘Napito’ y ordena no bajar spot del PRI que utiliza su imagen

El Partido Revolucionario Institucional utiliza en uno de sus últimos spots la imagen del candidato de Morena al Senado de la República junto a la frase: "ir hacia atrás es perdonar a criminales"

Esta mañana, durante la reunión de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), los integrantes descartaron un recurso interpuesto por el aspirante al Senado por Morena, Napoleón Gómez Urrutia.

El líder del sindicato minero presentó ante la autoridad electoral una solicitud para adoptar medidas cautelares, por la presunta calumnia en su contra, derivada de la difusión de un promocional en televisión pautado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Durante la vigésima cuarta sesión extraordinaria urgente de dicha Comisión, sólo se discutió este tema; y durante la votación, los consejeros determinaron de forma unánime el proyecto de acuerdo en el cual se declaraba improcedente la denuncia.

Gómez Urrutia presentó la denuncia derivada de la difusión de un spot televisión del PRI, denominado ‘Hacia adelante’, argumentando que lo calumnia y viola sus derechos a la intimidad, la honra y la reputación, en contravención al orden jurídico nacional y convencional; por tal motivo solicito las medidas cautelares.

En el citado promocional se observa la imagen del denunciante, al tiempo que se emplea la frase ‘ir hacia atrás es perdonar a los criminales’, lo que a juicio de Urrutia constituye una calumnia en contra de su persona.

Sin embargo, en el proyecto de acuerdo aprobado por la Comisión en el que se declara improcedente la solicitud, sus integrantes argumentan que, al ser el denunciante una persona pública, está sujeta a una mayor resistencia respecto del uso de su imagen y de recibir críticas, confrontaciones y escrutinio por parte de la sociedad y otros actores políticos, en el marco de un proceso electoral.

Además, los consejeros consideraron que, a pesar de la imagen y el empleo de la citada frase, no se observa de manera directa la imputación de un hecho o un delito falso.

“No se está en principio ante la utilización de elementos, expresiones o frases que de modo directo impliquen la imputación de hechos o delitos falso”, señala el acuerdo de la Secretaría Técnica de la Comisión.

En su intervención, el Consejero Electoral Benito Nacif, añadió que el INE no es la autoridad administrativa competente para pronunciarse respecto al daño moral.

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