¿Vuelta a la ‘ley mordaza’?

Tres meses después de lo anunciado y con una modificación que regresa el poder a la Segob y al Gobierno Federal para regular contenidos, por fin llegó al senado el paquete de reformas y nuevas leyes secundarias en materia de telecomunicaciones.

Con la reforma al artículo 229 de la Ley Federal de Telecomunicaciones se da poderes exclusivos al Ejecutivo y a Segob, lo cual no solo contraviene la Constitución y da un retorno a épocas ya superadas en el pasado, sino que además pone en entredicho la supuesta autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). 

Tres meses después de lo anunciado y con una modificación que regresa el poder a la Segob y al Gobierno Federal para regular contenidos, por fin llegó al senado el paquete de reformas y nuevas leyes secundarias en materia de telecomunicaciones.

Con la reforma al artículo 229 de la Ley Federal de Telecomunicaciones se da poderes exclusivos al Ejecutivo y a Segob, lo cual no solo contraviene la Constitución y da un retorno a épocas ya superadas en el pasado, sino que además pone en entredicho la supuesta autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). 

Además, el paquete de leyes secundarias también acota la autonomía del IFT en materia de concesiones para las dos televisoras públicas, ya que la última palabra la tendrá la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

Lo mismo ocurrirá para las concesiones únicas en lo referente al espectro radioeléctrico.

El proyecto obliga al operador preponderante en telecomunicaciones, América Móvil, a solicitar la aprobación del IFT en temas como planes de tarifas, interconexión y compartición de infraestructura.

Con ello, se busca limitar el poder de mercado de operadores preponderantes.

Para lo que sí tendrá autoridad el Instituto es para revocar las concesiones de los operadores que suspendan injustificadamente por más de 24 horas el servicio de telecomunicaciones en más del 50 por ciento de su área de cobertura, o por más de tres días en el caso de radiodifusión.

La iniciativa

El oficio establece la expedición de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión en México.

La legislación secundaria contiene 312 artículos, 46 Capítulos, 16 títulos y 22 artículos transitorios en los que se encuentra:

Regulación asimétrica a agentes preponderantes, bloqueo de señales en reclusorios, razones para la destitución de comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Además, desagregación de red de preponderantes, multiprogramación, retransmisión de señales de televisión y regulación de contenidos sobre todo para niños.

Plantea que se realicen las adecuaciones necesarias al marco jurídico para establecer los tipos penales especiales que castiguen las prácticas monopólicas y fenómenos de concentración.

Así como los mecanismos para homologar el régimen de permisos y concesiones de radiodifusión.

Resguardará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet.

Los buenos deseos

Poco antes, en conferencia de prensa, el Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza anticipó que podría ser en el actual periodo de sesiones del Senado cuando se apruebe la ley secundaria.

“Busca en su esencia cumplir con la filosofía de la reforma constitucional, la cual pretende asegurar la cobertura para todos los mexicanos, buenos precios en el servicio, como la calidad de los mismos”, dijo.

Ruiz Esparza confirmó que la fecha del apagón analógico se diferirá para estaciones públicas locales muy específicas.

Aunque recalcó que se mantienen los tiempos para que se lleve a cabo antes del 31 de diciembre del 2015.

Las novedades

> Se establecen penas de hasta tres meses de prisión a empleados de empresas de telecomunicaciones que revelen indebidamente información sobre los usuarios.

> Se propone la eliminación de la larga distancia nacional, que daría paso a una tarifa única mediante un esquema gradual a tres años.

> Se prevé que la radiodifusión también sea considerada como un servicio de interés general, que sea prestado bajo principios de competencia y calidad.

> Prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa.

> Dispone que se establezcan las condiciones que deben regir los contenidos y la contratación de los servicios para su transmisión al público.

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