Se tomaron medidas para garantizar el cumplimiento de los derechos electorales de las personas de la comunidad LGBTTI+

Paso histórico por los derechos electorales LGBTTBI+

Por primera vez en la Ciudad de México se tomaron medidas para garantizar el cumplimiento de los derechos electorales de las personas de la comunidad LGBTTI+ durante los próximos comicios locales

La capital del país hace historia. El Instituto Electoral de la Ciudad de México buscará que por primera vez, los partidos a nivel local postulen candidatos de la comunidad de lesbianas, gays, transgénero, transexuales, bisexuales, intersexuales y más (LGBTTI+).

Además, se emitieron los protocolos para garantizar el derecho al voto de las personas trans durante la jornada electoral del próximo 6 de junio en la que se renovará el gobierno de las 16 alcaldías, los concejos y se conformará el segundo Congreso de la capital.

De esta manera, la entidad se consolida como una de las pocas que, a nivel nacional, procuran los derechos electorales de los grupos de la diversidad sexual, históricamente discriminados y carentes de representación, afirman autoridades electorales.

La Encuesta Sobre Discriminación (EDIS) 2017 del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación (Copred) de la Ciudad de México revela que el segundo motivo de mayor discriminación en la capital, son las preferencias sexuales.

El documento también señala que entre los 10 grupos vulnerables que más padecen discriminación están los gays, las lesbianas y los transexuales.

Por primera vez existe un llamado de la autoridad para que los partidos incluyan candidatos de la comunidad LGBTTI+ y un protocolo para garantizar el voto de las personas trans

La afirmativa preferente a la comunidad LGBTTI+

En noviembre de 2020, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el acuerdo que dio vida a la afirmativa de acción preferente para que los partidos con registro a nivel local postulen por los menos dos candidatos (uno de representación proporcional y otro por mayoría relativa) de la comunidad LGBTTI+, dice el consejero electoral, Mauricio Huesca.

El funcionario explica que la afirmativa de acción preferente es un llamado a que los partidos políticos locales den preferencia a candidaturas de grupos vulnerables como personas adultas mayores, con discapacidad y de la diversidad sexual.

Señala que es la primera vez que en la ciudad se toma esta medida porque hace tres años, en el proceso electoral de 2018, también se pensaba llevarla CDMX Martes 16 de marzo de 2021 histórico Paso a cabo pero algunos partidos políticos capitalinos impugnaron ante el Tribunal Electoral de la Ciudad México (TECDMX) y esta instancia falló a su favor.

Ante el nuevo acuerdo y la publicación de la acción afirmativa preferente en 2020 por parte del IECM, el Partido Encuentro Solidario, antes Encuentro Social, impugnó. No obstante, en febrero pasado el TECDMX ratificó el acuerdo.

No obligatoria

El consejero electoral, Mauricio Huesca, señala que la afirmativa de acción preferente no es vinculante, es decir, pese a que a los Códigos Electorales estipulan que los partidos no deben discriminar y tener paridad de género en candidaturas, no se les puede obligar a los institutos políticos a postular a miembros de la comunidad LGBTTI+.

“Tienen que cumplir una medida de afirmativas preferentes que nosotros debemos ver si se cumplen o no, pero no son obligatorias como en el caso de las acciones afirmativas vinculantes, que sí obligan a que las candidaturas sean 50 por ciento mujeres y 50 por ciento hombres”, explica.

Por ello, los partidos no tienen la obligación de respetar la afirmativa y no se les puede sancionar. Sin embargo, el IECM reconocerá a aquellos partidos que sí la cumplan y exhibirá públicamente a los que la rechazaron.

Por ello, considera Huesca, que la afirmativa preferente es un primer paso y se buscará con legisladores locales que se impulsen las reformas a la Constitución que permitan sancionar a aquellos partidos que no la respeten.

“La idea es que la afirmativa de acción preferente se convierta en vinculante”, declara.

Por último, dice Huesca, pese a que la medida para promover las candidaturas de la comunidad LGBTTI+ no es obligatoria, la capital del país es de las pocas entidades que han buscado garantizar los derechos electorales de dicho sector de la población.

“Puedo asegurar que somos de las pocas entidades que previmos estas afirmativas para estos grupos vulnerables”, declara.

El protocolo trans

En 2019, el Consejo General del IECM aprobó el Protocolo Trans para asegurar que durante el proceso electoral en 2019-2021, la comunidad transgénero de la capital pueda ejercer su derecho al voto.

La intención, según el protocolo, es la no discriminación de personas cuya identidad sea discordante con la de su credencial de elector y pertenezca a la comunidad trans.

El documento señala que se deben capacitar a los funcionarios de casillas y electorales para identificar a las personas trans, permitir su derecho al voto y no incurrir en actos de discriminación.

“En ningún caso, la falta de concordancia entre la expresión de género del o de la votante con la fotografía de la credencial para votar, o bien con el nombre o el sexo (hombre o mujer) asentados en ella podrá ser causa para impedir el voto”, señala el protocolo.

El documento añade que los funcionarios no podrán, de ninguna manera, pedir justificaciones de la identidad de género a los votantes.

“Otorgar un trato igual a todas las personas, sin distinción por razones de identidad de género, orientación sexual, expresión de género o apariencia no coincidente con los estándares socialmente aceptados de los cuerpos femeninos y masculinos”, mencionan los lineamientos.

Igualmente, se estipula que cualquier funcionario o hecho por el que se le impida votar a las personas trans debe ser registrado como un incidente.

Y por último, se detalla que se deberá orientar a las personas transexuales y también poner a disposición de los mecanismos de denuncia correspondientes en caso de actos de discriminación.

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