La autorización para mover a especies en resguardo de organismos públicos debe provenir de entidades federales.  Foto: Especial

Donación de animales de Zoológico La Pastora no contó con autorización federal

Tras la donación de varios animales del Zoológico La Pastora a ranchos cinegéticos, la Profepa reveló que no existió autorización de la Semarnat para el traslado de estos ejemplares

El organismo público descentralizado Parque Fundidora donó 38 ejemplares del Zoológico La Pastora al rancho cinegético Palos Altos, sin autorización federal.

Documentos revelan que este organismo sustentó la donación a través del oficio con número PFPA/25. S /2C.27.3/0047-2022, el cual se encuentra dentro del expediente administrativo PFPA/25.3/2C.27.3/0O21-22 de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

“Que solicitó a este organismo público descentralizado, la reubicación de ejemplares de vida silvestre para efectos de atender y remediar la sobrepoblación que presenta el Zoológico la Pastora”, se menciona en el anexo del inciso “d” del convenio de donación y préstamo celebrados por la reubicación de ejemplares de fauna silvestre.

Este documento forma parte del informe de justificación entregado por Parque Fundidora, el pasado 6 de junio, dentro del juicio de amparo 500/2023 promovido por la organización civil, Unidos por Guadalupe a La Pastora A.C.

Entregan animales sin autorización federal

Sin embargo, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de la Dirección General de Vida Silvestre, es el encargado de autorizar no sólo la reubicación de vida silvestre, sino el destino de cualquier ejemplar en México.

Es decir, Parque Fundidora violó disposiciones federales incurriendo en un probable tráfico de 38 ejemplares de vida silvestre por trasladarlos a este rancho, el cual ofrece practicar la cacería a su público, de acuerdo con esta organización civil.

Tras una solicitud de información dirigida a la Profepa, en su contestación, el organismo negó que haya ordenado o recomendado el traslado de vida silvestre, a la vez que confirmó que la Dirección de Vida Silvestre es quien recibe la solicitud y evalúa la reubicación de ejemplares de vida silvestre.

“Resulta importante mencionar que la solicitud de reubicación de ejemplares de vida silvestre debe ser presentada ante la Dirección General de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por ser la autoridad competente para ello”, mencionó la Profepa.

La Dirección General de Vida Silvestre tiene la facultad de expedir, suspender, modificar, anular o revocar cualquier dictamen, permisos, certificados y opiniones técnicas, por ser competencia federal.

Así como dar autorizaciones de aprovechamiento, posesión, manejo, traslado ejemplares y derivados de vida silvestre, según el artículo 15 fracción VI del Reglamento Interior de la Semarnat.

Este mismo artículo, pero en la fracción XV, establece que esta dirección es quien determina el destino de ejemplares entregados voluntariamente.

“La Dirección General de Vida Silvestre tiene las atribuciones siguientes: Determinar el destino de los ejemplares, partes y derivados de vida silvestre, incluidas, especies en riesgo, decomisados, entregados voluntariamente”, dice el artículo.

En la donación y traslado de otros ejemplares a Ostok Sanctuary, Parque Fundidora si presentó la solicitud y evaluación de la Semarnat para el traslado en su informe justificado. Por su parte, la dependencia federal aprobó la solicitud de cambio de hábitat de los animales.

Profepa niega sobrepoblación

El organismo descentralizado Parque Fundidora, cuyo director es Jean Joseph Leautaud Russek, mientras que Bernardo Bichara encabeza la presidencia del Consejo de Administración, trasladó animales del Zoológico La Pastora sin justificación.

Documentos de la Profepa revelan que, tras una inspección, se verificó que en el momento en el que los ejemplares fueron donados no existía sobrepoblación en el zoológico La Pastora.

La autoridad federal únicamente recomendó a La Pastora, sin precisar a cuántos años se proyecta que haya sobrepoblación, que tendría que analizar cómo liberar refugios, pero sin la presión de un inminente sobrecupo.

“La recomendación se realizó toda vez que al momento de la vista de inspección que diera origen al expediente administrativo número PFPA/25.3/2C.27.3/021-2022, no se llegaba a la sobrepoblación.

“Pero se advertía que, en un periodo corto, el zoológico se encontraría en sobrecupo de ejemplares”, refiere la contestación de la Profepa a través de una solicitud de transparencia.

A pesar de que no existía una sobrepoblación, en septiembre del año pasado Parque Fundidora donó 38 ejemplares de fauna silvestre al rancho cinegético, Palos Altos.

Especies tales como una pareja de dromedarios, seis Gamos Europeos hembras y cuatro Gamos Europeos, entre otros animales donados, son considerados grandes trofeos por los cazadores.

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