Ante la pérdida de un ser querido surgen los gastos imprevistos que deben enfrentar los deudos. Foto: Cuartoscuro

Cuánto dinero debes pagar de impuestos si heredas una propiedad o pagas un servicio funerario

Las herencias y los gastos fúnebres de familiares muy cercanos a los contribuyentes son deducibles de impuestos

Perder a un ser querido trae consigo muchas obligaciones no sólo económicas, morales sino también fiscales que toda persona física o moral debe afrontar. Sin embargo, el Sistema de Administración Tributario (SAT) permite deducir algunos de estos gastos. Por eso, te contamos cuánto dinero debes pagar de impuestos si heredas una propiedad o pagas algún servicio funerario.

En su normativa, el SAT tiene previsto que los contribuyentes pueden deducir ciertos gastos, si corresponden a ciertas áreas como los pagos de cuotas escolares, los planes de pensión, pero también los gastos funerarios de un pariente cercano o la recepción de una herencia de la misma línea familiar.

¿Se pueden deducir los gastos funerarios?

En el caso de los gastos funerarios, la ley prevé que se puede solicitar la devolución de impuestos, siempre y cuando los montos no excedan la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 29 mil 402.88 pesos. También una parte del pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) se puede recuperar en el caso de las herencias.

Las deducciones del ISR serán posibles cuando los servicios funerarios o herencia provengan del cónyuge o concubino, así como para padres, abuelos, hijos o nietos del contribuyente. Por su parte, los planes funerarios a futuro se harán deducibles, en el periodo después de haberlos utilizado.

¿Cómo se solicita una devolución de impuestos por gastos funerarios o por una herencia?

Para solicitar la deducción del ISR, es necesario pedir la factura de los servicios adquiridos y presentarla en la declaración anual, a través del Portal del SAT. Para que la deducción sea aceptada, la factura no debe incluir otros conceptos no deducibles como servicio de cafetería o exhumación, así como también que el comprobante fiscal no sea emitido en el ejercicio fiscal correspondiente. También son deducibles los gastos funerarios de mascotas.

En lo que se refiere a las herencias, el SAT ordena que si el monto de la herencia (en lo individual o en su conjunto) es superior a los 500 mil pesos, quedará exento del pago de impuestos, si el beneficiario se inscribe en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) e informa al SAT.

Heredar sin pagar impuestos

Cabe señalar que esta medida es efectiva cuando se hereda entre personas físicas, es decir, de padres a hijos, abuelos a nietos, de hijos a padres o viceversa y también entre cónyuges. Cuando se trate de propiedades, el trámite es un poco distinto.

Una vez que el nuevo propietario se adjudica el bien, debe cubrir el pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles, el cual oscila entre 3 y 5 por ciento sobre el valor de avalúo, catastral o comercial, el que resulte mayor.

La devolución del ISR se realizará después de que la declaración anual del contribuyente sea aceptada. El organismo tiene como plazo un máximo de 20 días para regresar a la cuenta bancaria del contribuyente el monto aceptado.

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