Confirma Tribunal violación de amparo de secretario

El Poder Judicial de la Federación confirmó que el secretario de Desarrollo Sustentable de San Pedro, Enrique Ávila, violó con la clausura de El Alear el amparo que tenía este inmueble, por lo cual es sujeto a un proceso de responsabilidad penal.

El miércoles el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Nuevo León publicó la resolución de la queja 70/2013, que interpuso el funcionario municipal en contra del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en Nuevo León.

César Cepeda César Cepeda Publicado el
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El Poder Judicial de la Federación confirmó que el secretario de Desarrollo Sustentable de San Pedro, Enrique Ávila, violó con la clausura de El Alear el amparo que tenía este inmueble, por lo cual es sujeto a un proceso de responsabilidad penal.

El miércoles el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Nuevo León publicó la resolución de la queja 70/2013, que interpuso el funcionario municipal en contra del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en Nuevo León.

Como adelantó Reporte Indigo hace dos semanas, los magistrados declararon infundado el recurso de Ávila, quedando firme entonces la sentencia del juez federal que determinó fundado el incidente de violación a la suspensión del juicio 536/2013.

La resolución en contra de Ávila reza así: “Es infundado el recurso de queja interpuesto por el secretario de Desarrollo Sustentable e inspector, notificador y ejecutor de la Secretaría Desarrollo Sustentable, ambos del municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, contra la resolución de quince de mayo de dos mil trece, dictada por el juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado, dentro del incidente de denuncia de violación a la suspensión provisional relativo al juicio de amparo indirecto 536/2013”.

Lo que sigue es que la autoridad judicial dé vista al Ministerio Público para que sancione la desobediencia de Ávila Hernández cuando impuso sellos de clausura a este polémico desarrollo el pasado mes de mayo.

El artículo 206 de la Ley de Amparo establece como abuso de autoridad cuando un funcionario desobedece una suspensión judicial y este delito es sancionado con entre dos y ocho años de cárcel.

La resolución fue resuelta por el secretario en funciones de magistrado, Pedro Gerardo Álvarez Álvarez del Castillo, pero avalada por unanimidad por el resto de los magistrados del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Nuevo León, Miguel Ángel Cantú Cisneros, y Jorge Meza Pérez.

El 23 de mayo la Secretaría de Desarrollo Sustentable de San Pedro colocó sellos de suspensión en las obras de construcción del polémico desarrollo habitacional El Alear, ubicado en la avenida Roberto Garza Sada.

Esto como parte del procedimiento administrativo que inició el Cabildo sampetrino para demoler 3 mil 486 metros cuadrados que se construyeron fuera del permiso original, otorgado en la pasada administración de Mauricio Fernández Garza.

En mayo el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa en Nuevo León resolvió que tanto Ávila, como su inspector Roberto Renovato, violaron la suspensión con la clausura  del edificio de El Alear.

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