La Profedet tiene a disposición sus servicios de orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77. Foto: Especial

Trabajador evidencia a Stori Card por despido injustificado (VIDEO)

Recuerda que ante un despido injustificado, tienes un plazo de dos meses para entablar una demanda

En redes sociales comenzó a circular un video de un empleado de Stori Card que denunció públicamente a la empresa por realizar despidos injustificados.

“Aquí estamos en el edificio de Stori (…) Aquí la señorita nos está corriendo sin pagarnos. Nos mencionan que rescindieron contrato cuando no nos han dado la liquidación correspondiente”, dice el denunciante.

Stori Card se pronunció sobre el tema en un comunicado publicado en su página web.

Sobre esta denuncia se pronunció la cuenta La de RH, que supera los 143 mil seguidores en Twitter, y ayuda a los trabajadores mexicanos en temas laborales.

Empresas, unicornios, startup, cómo quieran denominarlas, los pueden despedir cuando quieran sin razón alguna y sin aviso previo. El punto es que tienen obligaciones que cumplir”, indicó.

¿Qué es Stori Card?

En julio de 2022, Stori se valuó en 1.2 mil millones de dólares y actualmente cuenta con 1.4 millones de usuarios activos en México.

Stori fue fundada en 2018 y su atractivo radica en ofrecer la posibilidad de obtener una tarjeta de crédito y construir su historial crediticio sin trámites, sin historial crediticio y sin anualidad.

Además cuenta con un convenio con Banca Afirme para utilizar la tarjeta en más de 6.000 cajeros automáticos y más de 500 centros de atención.

¿Qué hacer si me despiden injustificadamente?

Si te despiden injustificadamente de tu trabajo, como trabajador tienes derecho a recibir una indemnización.

Esa indemnización deberá contemplar:

1. Tres meses de salario.

2. La prima de antigüedad, que consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicio prestado, tomando como tope máximo, para el pago de esta prestación, el doble del salario mínimo.

Además, tiene derecho al pago de parte proporcional de:

3. Aguinaldo.

4. Vacaciones y prima vacacional.

5. Prestaciones generadas y que no se hayan cubierto aún.

Estos derechos están fundamentados en los Artículos 48, 79, 80, 87, 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y en caso que tu patrón no quiera cumplir con estas obligaciones pueden denunciar ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

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