La alcaldía Tláhuac de la Ciudad de México ha otorgado millones de pesos en contratos a una proveedora que legalmente no existe

Millones a empresa fantasma en alcaldía Tláhuac

Sin importarle la ley local o la federal, la alcaldía de Tláhuac adjudicó contratos millonarios a una persona física que solo presentó su INE y acta de nacimiento, documentos que no comprueban su existencia legal como empresa

La alcaldía Tláhuac de la Ciudad de México ha otorgado millones de pesos en contratos a una proveedora que legalmente no existe.

Durante los años 2020 y 2021, la demarcación territorial que gobierna el morenista, Raymundo Martínez Vite, gastó más de 3 millones de pesos en convenios para la compra de artículos de limpieza y sanitización que se le adjudicaron a Diana Calzada Vázquez, la cual no está conformada como empresa ni tampoco tiene registro en el padrón de proveedores de la Ciudad de México.

Lo anterior, viola las normas locales capitalinas y las leyes federales que obligan a contratar a personas físicas que pagan impuestos y estén constituidas legalmente como empresas o con actividades mercantiles.

Según las leyes mexicanas, lo anterior garantiza que el proveedor tiene la capacidad para cumplir con el contrato y los servicios adjudicados.

Los millones de la alcaldía Tláhuac

La alcaldía le otorgó a Diana Calzada Velázquez dos contratos en 2020 y 2021 que en total suman 3 millones 325 mil pesos, revela información de las adquisiciones de la demarcación que se puede consultar en el Portal de Obligaciones de Transparencia (PNT) de Tláhuac.

El primer contrato es el que fue firmado durante el año pasado y tiene el folio 020/2020 para adquisición de material de limpieza por un monto de 325 mil pesos.

Según el documento, el convenio se le otorgó a Calzada Velázquez por adjudicación directa y la vigencia se fijó del mes de enero a marzo de 2020.

Mientras que el segundo contrato es el 003/2021 para la sanitización de la demarcación por un pago acordado de 3 millones de pesos.

3.25
millones de pesos es la suma adjudicada a Diana Calzada Velázquez

En esta ocasión, se le otorgó por medio de invitación restringida y el documento estuvo vigente desde el mes de enero de este año a marzo pasado.

Por parte de la alcaldía, ambos documentos fueron autorizados por Jaime Pineda Jiménez, jefe de la Unidad Departamental de Servicios Generales; Julio Pedraza Sandoval, director de adquisiciones y recursos materiales; Manuel Gutiérrez Andrade, subdirector de adquisiciones; y Daniel Alfaro Martínez, jefe de la unidad departamental de adquisiciones.

Sin registros

Diana Calzada Velázquez no está registrada como persona física con actividades empresariales ante la Secretaría de Economía (SE) del Gobierno de México y, por lo tanto, no puede participar en procesos de contratación pública.

Una búsqueda en el Sistema Integral de Gestión Registral (SIGER) revela que no está dada de alta como una persona física con actividades empresariales y no tiene folio real ni tampoco un giro mercantil.

Lo anterior, va en contra del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente que indica que cuando una persona física o moral no se encuentre en el registro único de proveedores de la Secretaría de la Función Pública (SFP), tiene que acreditar su existencia legal.

“Se deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente. En el caso de proveedores extranjeros, la información requerida en esta fracción deberá contar con la legalización o apostillado correspondiente de la autoridad competente en el país de que se trate, misma que tendrá que presentarse redactada en español, o acompañada de la traducción correspondiente”, detalla el reglamento.

A su vez, la Ley de Adquisiciones de la Ciudad de México pide, en primer lugar, que los proveedores que quieran participar en procesos de contratación públicos, deben estar constituidos conforme a las leyes mexicanas.

Y por otra parte, el mismo marco legal -a diferencia de la ley federal- estipula que es obligatorio que los contratistas que participen en procesos de adquisiciones gubernamentales deben estar dados de alta en el Padrón de Proveedores y tener su constancia vigente.

Diana Calzada Vázquez no está conformada como empresa ni tampoco tiene registro en el padrón de proveedores de la Ciudad de México

Sin embargo, Calzada Velázquez tampoco está en el padrón que se puede consultar en el Portal de Datos Abiertos del Gobierno de la Ciudad de México.

La Ley de Adquisiciones local menciona que los requisitos para estar en el Padrón de Proveedores son ser salarialmente responsables, estar al corriente del pago de sus responsabilidades fiscales y tener la capacidad para cumplir los servicios o proveer los bienes solicitados.

Por lo tanto, Tláhuac benefició a la proveedora en agravio de los marcos legales federales y locales en materia de adquisiciones, cuya intención es evitar irregularidades que afecten a la administración pública.

Cabe señalar que en el mismo apartado de declaraciones del contrato referido, no aparece que la mujer esté dada de alta como persona física con actividades empresariales.

El convenio no contiene ningún folio del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ni tampoco aparece que sea una persona física con giro empresarial.

Lo único que acreditó tener Calzada Velázquez como identificación para firmar el contrato fue la credencial del Instituto Nacional Electoral (INE) y su acta de nacimiento.

“Acredita su personalidad para suscribir el presente instrumento jurídico en términos del acta de nacimiento en la declaración 2.1, exhibiendo en este acto como identificación oficial la credencial para votar con fotografía”, menciona dicho apartado.

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