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Magistrada impugna sentencia de juez

La magistrada Juana María Treviño Torres impugnó la sentencia de un juez de Distrito que obliga a los diputados locales a responder si admiten una denuncia de juicio político en su contra.

La funcionaria pide revocar la sentencia de Sergio Javier Molina Martínez, titular del Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Décima Región, según el recurso de revisión presentado por ella el pasado 1 de marzo.

La magistrada Juana María Treviño Torres impugnó la sentencia de un juez de Distrito que obliga a los diputados locales a responder si admiten una denuncia de juicio político en su contra.

La funcionaria pide revocar la sentencia de Sergio Javier Molina Martínez, titular del Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Décima Región, según el recurso de revisión presentado por ella el pasado 1 de marzo.

El juez resolvió que el Congreso local debe responder si admiten una denuncia de juicio político presentada hace más de ocho meses por el abogado Alberto Sada Robles en contra de Torres Treviño y la magistrada Aurora Gámez Cantú.

“Este Tribunal deberá revocarla y dictar otra en la que se sobresea el juicio de garantías del que deriva el presente recurso de revisión”, solicita la tercera perjudicada en el recurso.

Entre los agravios, sostiene que la sentencia viola los principios de fundamentación y motivación, así como los de congruencia y exhaustividad que deben tener las resoluciones judiciales.

“El resolutor indebidamente fundó su resolución en jurisprudencias, ejecutorias y artículos que no son aplicables al caso concreto. Es decir, existe una indebida fundamentación y motivación en la sentencia recurrida”, menciona.

La magistrada alega que la sentencia viola los artículos 77 y 78 de la Ley de Amparo, y el 222 del Código Federal de Procedimientos Civiles, en los que se detalla el contenido que deben tener las resoluciones y los fundamentos legales en los que deben apoyarse.

Torres Treviño insiste que el derecho de petición del denunciante, garantizado por el Artículo 8 de la Constitución, se cumplió y agotó cuando el Congreso turnó la denuncia a la Comisión de Justicia y Seguridad Pública el 15 de junio de 2012.

Además, la magistrada menciona que Sada Robles carece de interés jurídico en este caso y que la falta de respuesta de los diputados no representa un agravio para él.

“La omisión reclamada por el quejoso no le depara perjuicio alguno, ya que el juicio político no tutela intereses particulares sino públicos”, señala.

De acuerdo con jurisprudencia citada por la magistrada, el amparo no procede para el denunciante de un juicio político, cuando el Congreso no responde a su petición, ya que su derecho quedó agotado cuando presentó la denuncia.

Sada Robles presentó hace más de ocho meses esta denuncia que no ha tenido respuesta, contra diversas irregularidades cometidas por las funcionarias del Tribunal de Justicia Administrativa.

Ante la omisión, el abogado recurrió a la justicia federal y presentó un amparo para demandar una respuesta de los legisladores.

De tal manera que el juez de Distrito resolvió el 31 de enero de este año que los diputados locales debían de responder a esta acción popular que ahora impugna la magistrada.

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