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Las 7 leyes anticorrupción

1. Ley General del SNA

Es el esqueleto del Sistema. Contiene la estructura y forma de operar del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).

En ella se definen las obligaciones de los servidores públicos; las competencias de cada una de las partes que componen el Sistema; y la forma en que estos entes se coordinarán.

La legislación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) se compone de un total de siete leyes, aunque la Ley 3de3 es la más conocida
La Ley 3de3 que fue apoyada por más de 630 mil personas, aborda a la corrupción como una red de crimen organizado

1. Ley General del SNA

Es el esqueleto del Sistema. Contiene la estructura y forma de operar del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).

En ella se definen las obligaciones de los servidores públicos; las competencias de cada una de las partes que componen el Sistema; y la forma en que estos entes se coordinarán.

En esta Ley se establece que el máximo órgano de la prevención y el combate a la corrupción será el Comité Coordinador, en el que participarán todas las instituciones involucradas –Auditoría Superior de la Federación; Fiscalía Anticorrupción; Secretaría de la Función Pública; Tribunal de Justicia Administrativa; INAI; Judicatura Federal; y el Comité Ciudadano–.

En esta pieza legislativa quedará establecida también la creación de la Plataforma Digital, que conectará las declaraciones patrimoniales y de intereses de los servidores públicos con otras bases de datos.

Esto permitirá que el propio sistema detecte cuando haya alguna irregularidad en el enriquecimiento de los funcionarios o alguna incongruencia con los datos que proporcionen.

2. Ley 3de3

La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, mejor conocida como Ley 3de3, ha sido la más polémica.

En ella se establecen mecanismos de prevención para evitar posibles actos de corrupción; así como una descripción de las acciones de los servidores públicos que pueden ser considerados como faltas o delitos.

Esta Ley debe contener cómo funcionarán los procesos de denuncia por actos de corrupción y las sanciones a aplicar.

Ahora, tras las negociaciones entre los grupos parlamentarios, se establece que las declaraciones se inscribirán en una plataforma conectada con otros entes, que permitirá dar un seguimiento a la situación patrimonial de los funcionarios. 

La sociedad civil que impulsó el tema ha acompañado la postura mayoritaria.

3. Ley de la Administración Pública

En esta legislación se busca fortalecer el papel de la Secretaría de la Función Pública (SFP) para crear y regular todos los procedimientos de control interno en la Administración pública.

En manos de la SFP estará la facultad para ordenar auditorías, revisiones y evaluaciones a las dependencias para fiscalizar su labor.

El titular de la SFP podrá designar y remover a los auditores externos de los estados; también será la encargada de realizar las investigaciones sobre los casos de faltas graves de los servidores públicos.

Con esta Ley también se dan facultades a la Secretaría de Hacienda para que opine sobre normas y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos, desincorporación de activos y ejecución de obras.

Los alcances de esta ley llegan a cada una de las dependencias y entidades para que se asigne a los titulares de los órganos internos de control y estos sean los encargados de vigilar el correcto manejo de los recursos públicos.

4. Ley del Tribunal de Justicia

Es la norma que regula al Tribunal de Justicia Administrativa, la entidad que será encargada de dictar las sanciones a los servidores públicos que cometan faltas graves.

En esta Ley se establece que el Tribunal será el encargado de establecer las sanciones a que haya lugar y las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados a la Hacienda Pública, por actos de corrupción.

5. Leyes de Fiscalización y Contabilidad

Con esta legislación, se amplían las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para que tenga atribuciones de fiscalizar los recursos públicos que se aporten a fideicomisos, fondos, mandatos, asociaciones público privadas y cualquier otra figura jurídica que se utilice para ejercer recursos.

No se aplicará el secreto fiduciario en dichas investigaciones.

Con estas atribuciones, la Auditoría Superior de la Federación tendrá más facultades para la rendición de cuentas, pues tendrá la facultad de investigar a quienes cometan alguna irregularidad.

Se establece también la posibilidad de que la ASF revise en tiempo real la cuenta pública y no hasta con dos años de retraso, como se encuentra actualmente.

Con las modificaciones a la Ley de Contabilidad Gubernamental se asienta la obligación de los estados y municipios para que coadyuven en las labores de fiscalización de los recursos.

6. Código Penal Federal

Los legisladores federales presionaron para que se modificara el Código Penal Federal y se establezcan ahí la tipificación de los delitos de corrupción, así como sanciones penales.

Ésta fue una exigencia tanto de la sociedad civil como de los partidos de oposición.

Ellos han pedido que los castigos a funcionarios no sean solo administrativos, sino que se apliquen también penas de prisión.

7. Ley Orgánica de la PGR

Otra de las exigencias de los senadores de oposición fue que se modificara la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República para echar a andar la Fiscalía Anticorrupción.

En dichos cambios estarán una serie de facultades de quién será el zar contra la corrupción y la forma en que se deberá hacer su nombramiento.

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