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El karma del arraigo

A la Fiscalía de Jalisco comienza a salirle caro el uso intensivo que dio a la figura del arraigo hasta hace apenas unos años, pese a ser muy cuestionada tanto por instancias nacionales como internacionales, por ser violatoria de los derechos humanos.

El fiscal general, Eduardo Almaguer, confirmó el precedente que recientemente sentaron magistrados del Supremo Tribunal de Justicia (STJ) al determinar la liberación de nueve presuntos secuestradores vinculados al crimen organizado, debido a que habían sido arraigados.

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arraigos por robo diversos, entre ellos vehículos, carga pesada y bancos
Cuando la Constitución se reformó en 2008 rumbo al nuevo sistema de justicia penal, se permitió el arraigo sólo contra personas presuntamente responsables de delitos graves del orden federal

A la Fiscalía de Jalisco comienza a salirle caro el uso intensivo que dio a la figura del arraigo hasta hace apenas unos años, pese a ser muy cuestionada tanto por instancias nacionales como internacionales, por ser violatoria de los derechos humanos.

El fiscal general, Eduardo Almaguer, confirmó el precedente que recientemente sentaron magistrados del Supremo Tribunal de Justicia (STJ) al determinar la liberación de nueve presuntos secuestradores vinculados al crimen organizado, debido a que habían sido arraigados.

En Jalisco fue explotado ampliamente el arraigo, primero por la Procuraduría de Justicia de 2007 a 2012, y luego por la Fiscalía a partir de 2013, para recluir a personas hasta por 60 días mientras se armaban los cargos en su contra, aunque transgredía los derechos a la libertad y la presunción de inocencia.

“Los señores magistrados han fundamentado el sobreseer o declarar libertad absoluta en contra de las sentencias de resolutivos de los juzgados (…) en estos fundamenta esta resolución en la inconstitucionalidad de una figura jurídica que, si bien ya ha sido derogada, en su momento tenía plena validez, que es el arraigo”, dijo el fiscal el 14 de noviembre.

Determinaciones como estas podrían caer en cascada pues fueron cientos los expedientes que la Fiscalía y antes la Procuraduría integraron haciendo uso del arraigo, en la lógica implícita de “detener para investigar”, y no “investigar para detener”.

Según registros obtenidos por Reporte Indigo con el recurso 402/2015, hasta antes de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinara que los Estados no estaban facultados para ejercer el arraigo, en Jalisco fueron recluidos con esa figura 787 personas, de las que 661 se consignaron (84 por ciento).

De estas, durante el sexenio del exgobernador Emilio González -2007 a 2012-, fueron arraigadas 570 personas, mientras que en el actual sexenio de Aristóteles Sandoval fueron arraigadas 217 personas.

El año récord

Fue el 2013, primero de la actual administración estatal y con la Fiscalía local a cargo de Luis Carlos Nájera, cuando Jalisco registró la mayor cantidad de personas arraigadas en un solo año, con 183.

La aplicación de ese recurso se detuvo abruptamente en 2014, lo que coincide temporalmente con la resolución de la SCJN, donde dejó en claro que los gobiernos locales no tenían facultades para legislar ni ejercer esa figura.

Estos datos de Fiscalía muestran que en esos ocho años el arraigo se usó mayormente para la detención de sospechosos de homicidio, con 333 arraigados -90 de estos involucrados además en delincuencia organizada o asociación delictuosa-, y de los que 247 se consignaron.

El segundo delito con más arraigados fue el secuestro y la privación ilegal de la libertad, con 240 personas –10 de estas se ligaron también a delincuencia organizada-, a 226 se les consignó.

El tercer delito con más arraigos fue el robo en distintas modalidades, fueron 132, y a 122 de se les consignó.

Golpe de realidad

El 25 de febrero de 2014 la SCJN resolvió la acción de inconstitucionalidad 29/2012, que la Comisión Nacional de Derechos Humanos había promovido contra la Legislación Penal de Aguascalientes, que tenía a la figura del arraigo contra delitos graves.

Aguascalientes estaba cometiendo un error que también existía en Jalisco, era el siguiente: Cuando la Constitución federal se reformó en 2008 para dar lugar al nuevo sistema de justicia penal, se incluyó en su artículo 16 la procedencia del arraigo sólo en materia de delincuencia organizada, y en el 73 se fijó que este ilícito era competencia exclusiva de la Federación.

Se aprobó, además, un artículo transitorio décimo primero que permitía el arraigo también contra los delitos graves, solo en tanto entraba en vigencia el nuevo sistema penal en 2016. Sin embargo, lo que la SCJN esclareció es que este transitorio facultaba solo al Ministerio Público (MP) federal

Solo una queja más

El fiscal Eduardo Almaguer dijo que presentará una queja contra los magistrados de la Sexta Sala del STJ y una denuncia penal por estas liberaciones derivadas del uso del arraigo.

Ya antes había presentado una queja y otra denuncia contra esa Sala por la liberación de otros tres presuntos secuestradores, que ligó con la matanza de 26 personas en los Arcos del Milenio en 2011.

Sobre los nuevos casos, dijo: “La FGE estará presentando la queja ante la Judicatura, que es la segunda en contra de los magistrados que integran la Sexta Sala, y también estaremos presentando la segunda denuncia penal, ya en este caso sin fuero, en este caso estamos hablando de hechos que se cometieron en 2010 y 2011”.

El problema con estas quejas contra los magistrados es que las resuelve el propio pleno del STJ, por lo que, como lo ha publicado Reporte Indigo, de 32 existentes entre 2007 y 2016 ninguna ha procedido, y aquella sobre los Arcos del Milenio ni siquiera fue admitida para su estudio.

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