Tras detectar las irregularidades en el proceso, el Fideurb debió declarar la licitación para reparación de la avenida Morones Prieto como desierta. Foto: Especial

Fideurb, un fideicomiso corruptible en Nuevo León

Después de su creación, el Fideurb lanzó su primera licitación, la cual presenta una serie de irregularidades como violaciones a diversas leyes y a los requisitos establecidos en las bases de este proceso

El recientemente creado Fideicomiso de Desarrollo Urbano (Fideurb), el cual se encuentra a cargo de Mauricio Moncada Santoyo, adoptó rápidamente los viejos vicios en los procesos de licitaciones para obras públicas en Nuevo León.

Una investigación de Reporte Índigo reveló los posibles actos de corrupción, que constituyen violaciones a la Ley de Obras Públicas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios y a los requisitos establecidos en las bases de su primera licitación pública, identificada con el número FIDEURB-LP-001/2023.

Se trata de la licitación para la reparación de un tramo de la avenida Morones Prieto, por un monto de 41 millones 900 mil 892 pesos, de la que resultó ganadora la empresa Pavimentos Flexibles S.A de C.V., en la que Jorge Salinas Cantú es accionista.

De acuerdo con documentos, Salinas Cantú posee un poder de dominio en la empresa Concretos Asfálticos, Pavimentos y Suelos S.A de C.V., una constructora que también participó en este proceso de licitación y que ofreció hacer los trabajos de reparación por 45 millones 299 mil 995 pesos.

El pasado 22 de septiembre arrancaron los trabajos de reparación de la avenida Morones Prieto, donde se formó un socavón por la tormenta tropical Hanna, hace tres años. Moncada Santoyo dio el banderazo inicial para las obras, las cuales, dijo, buscará acabar en seis meses.

“A los trabajos se destinarán 41.9 millones de pesos, y estamos haciendo un esfuerzo extra para acabarla en seis meses”, expresó Moncada en un comunicado.

Sin embargo, Pavimentos Flexibles S.A de C.V. debió ser descalificada de acuerdo con los los puntos B y C de las bases de esta licitación pública, no obstante, este fideicomiso hizo caso omiso a sus propios candados para evitar actos de corrupción.

La descalificación de proposiciones se acredita cuando el concursante presenta varias propuestas para un mismo concurso, ya sea bajo el mismo nombre, diferentes nombres o por sí mismo o formando parte de cualquiera otra compañía o asociación.

“El concursante forme parte de una colusión o se ponga de acuerdo con otros concursantes para elevar los costos u obtener ventaja sobre los demás o para cualquier otro objeto que pudiera desvirtuar la licitación”, dice el documento de las bases.

Después de detectar que dos empresas con un mismo participante concursaban, el proceso de licitación se debió declararse desierto.

Juez y parte

Jorge Guadalupe Galván González, titular de la Auditoría Superior del Estado, aparece como comisario de la empresa Pavimentos Flexibles S.A de C.V.

La compañía ganó la licitación FIDEURB-LP-001/2023 realizada por Fideurb, cuyas cuentas públicas tendrán que ser revisadas por la Auditoría.

Esto podría colocar a Galván González bajo un conflicto de interés, pues estará a cargo de revisar la cuenta pública de este Fideicomiso, en donde analizará todo lo referente a esta obra en el sentido si se cumplió con el proceso y con la Ley de Obras.

Hasta el momento, la evidencia confirma que no se cumplió no solo con esta ley, sino que también se violó la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios, además de los requisitos de las bases de la licitación pública número FIDEURB-LP-001/2023.

Contra la ley

El proceso de licitación número FIDEURB-LP-001/2023 violentó varias leyes al asignar el fallo a una empresa que tiene un socio que participó en otra constructora.

Se tratan de transgresiones al artículo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado, y al artículo 44 de la Ley de Obras Públicas.

Este último artículo establece que las dependencias y entidades se abstendrán de recibir propuestas o celebrar contrato alguno con personas físicas y morales en los procesos de licitación de obras públicas.

“En cuyas empresas participen como accionistas, administradores, gerentes, apoderados o empresarios los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal o Municipales.

“Así como aquellas en que el servidor público que intervenga en cualquier forma en la adjudicación del contrato tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllas de las que pueda resultar algún beneficio para él”, dice este artículo de la Ley de Obras Públicas.

Este último artículo encaja con la situación en la que se encuentra Jorge Guadalupe Galván González, después de que Pavimentos Flexibles S.A de C.V., empresa de la que es comisionado, ganara el fallo millonario para la reparación de un tramo de la avenida Morones Prieto.

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