García desconoció la resolución del Poder Judicial del Estado al respecto de la suspensión de su licencia

Desconoce Samuel García resolución de Poder Judicial: ‘No tienen competencia’

El gobernador de Nuevo León afirmó que Poder Judicial "está controlado por PRIAN" y no tiene injerencia sobre su licencia para separarse del cargo

Ante los recientes recursos legales interpuestos sobre el tema de la gubernatura interina en Nuevo León, la reacción de Samuel García no tardó en llegar.

Por medio de sus redes sociales, el gobernador de Nuevo León desconoció la resolución del Poder Judicial del Estado en torno a la suspensión de su licencia, afirmando que el Tribunal está “controlado por el PRIAN” y que no tienen injerencia sobre su candidatura.

El Tribunal no tiene competencia para detener mi candidatura” y ‘Mi licencia es un derecho, no está sujeta a la interpretación de ningún juez“, fueron las únicas dos consideraciones compartidas por el emecista, cuya licencia para separarse del cargo de gobernador del Estado comenzaría a partir del primer minuto de sábado 2 de diciembre.

¿Qué sucedió?

Durante la mañana de este viernes, el Poder Judicial del Estado otorgó una suspensión que le impide a Samuel García separarse de su cargo o salir de Nuevo León mientras que el gobernador interino designado por el Congreso local, Luis Enrique Orozco, asuma el puesto.

De la misma forma, representantes del Poder Judicial arribaron hoy a Palacio de Gobierno para pegar con cinta el documento en una de las puertas de acceso al inmueble, mismo que está resguardado por oficiales de Fuerza Civil.

“Se concede la suspensión de los actos reclamados, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que guardaban hasta antes de la aprobación de la licencia al Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León y no cobre vigencia la autorización de su ausencia en el cargo que ostenta, hasta en tanto se surtan las siguientes condiciones”, puede leerse en el recurso.

“Primero, que el Congreso del Estado de Nuevo León designe y tome protesta a la persona que deba ocupar interinamente la titularidad del Poder Ejecutivo del Estado, durante el periodo en que el Gobernador Constitucional del Estado se ausente de sus funciones con motivo de la licencia que solicitó”

“Segundo, que la persona que eventualmente sea designada por el Poder Legislativo asuma materialmente las funciones que como Gobernador Interino le corresponden“, cierra el texto.

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