Cirugía mayor

Antes de aprobar la Reforma Financiera, será necesaria una cirugía mayor en su contenido. Muchos de sus conceptos carecen de sustento jurídico, lógico y conceptual y, aunque es un esfuerzo importante porque abarca muchos ordenamientos en cuanto a la composición y control del capital en el sistema financiero, preocupa la ejecución de garantías para recuperar el crédito bancario.

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Antes de aprobar la Reforma Financiera, será necesaria una cirugía mayor en su contenido. Muchos de sus conceptos carecen de sustento jurídico, lógico y conceptual y, aunque es un esfuerzo importante porque abarca muchos ordenamientos en cuanto a la composición y control del capital en el sistema financiero, preocupa la ejecución de garantías para recuperar el crédito bancario.

Hay que hacer mucho trabajo de forma y fondo en la iniciativa, juzga Gabriel Reyes Orona, por ejemplo, con el concepto de arraigo que es una inmovilización del sujeto y restricción a la libertad de tránsito. 

De hecho, el exprocurador fiscal de la Federación , explica a Reporte Indigo que esta figura ya está en desuso en muchos países porque violenta tratados internacionales y preceptos constitucionales.

Pensar en el arraigo, detalla, no es más que la emanación de la incompetencia de las autoridades administrativas y judiciales, al no poder integrar correctamente los expedientes para hacer la acusación.

En la reforma presentada, se confunde este concepto con la radicación procesal, esto quiere decir que se obligue al deudor a encontrarse en un lugar determinado para atender un proceso o nombrar un representante legal para enfrentar el proceso.

Pero el uso de una palabra tan fuerte, advierte, podría hacer suponer un “terrorismo financiero” con todas las implicaciones sociales, económicas y patrimoniales que implica. 

La radicación procesal no es nueva en México, sólo que se le ha dado un sesgo diferente, pero no debe ser un arraigo, aclara.

El especialista, quien hoy dará una plática sobre la Reforma en el Senado de la República, asegura que otra cosa que preocupa es lo que define como “secuestro provisional”. 

Considera que es inconveniente porque afecta económicamente a los deudores.

“Ya no les va a interesar si tienen o no la razón, o si pueden pagar, sino que están siendo privados de sus bienes”, explica.

El riesgo, dice, es que se va a convertir en un mecanismo de presión más que de protección a los intereses del acreedor.

Reyes Orona recuerda que, desde hace 15 años, se atiende la presión de la banca internacional para que se mejoren, modifiquen o alteren los procedimientos procesales y la ejecución.

Incluso, cuestiona, en ese lapso se ha cumplido la premisa de cambiar la ley.

“Pero nunca la oferta de dar mejor y más crédito por parte de la banca, ni siquiera una mejoría en la cantidad y calidad del mismo”.

Hay que revisar esa reciprocidad, dice, porque no pueden seguir dándose reformas de manera indiscriminada, sin un compromiso formal y efectivo en materia de tasas de interés y margen financiero que son usurarias.

Criterios contradictorios

Sobre la creación de Juzgados de Distrito Mercantiles, que se propone en la iniciativa, considera que se debe eliminar la concurrencia, es decir, que sea la Federación y no los juzgados locales o civiles los que se encarguen de la materia bancaria.

Si se va a dar el paso de crear juicios y juzgados especializados, debe ser la Federación la que sustente el desahogo de los procedimientos porque la justicia local ha generado criterios contradictorios, explica.

Deberá proveerse de mecanismos para que no tenga gastos y costas gratuitos, porque no debe ser del fuero común, ya que se recarga en los presupuestos de los gobiernos estatales.

También se pretende recargar en los Estados la obligación de llevar un registro de comercio, pero es incompatible con su capacidad financiera, asegura el experto.

No se trata sólo de modificar la Ley Mercantil para señalar que serán los registros de comercio los que harán las inscripciones para cambiar de un banco a otro los créditos.

“Hay que crear un Registro de Comercio Federal que no sólo se refiera a las garantías sino a todas las actividades de naturaleza mercantil, y deberá ser responsabilidad de la Secretaría de Economía”, asegura.

Mecanismos adecuados

En su opinión, es responsabilidad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores difundir la transferencia o portabilidad de créditos bancarios. Aunque hace una década se hizo el primer esfuerzo en materia de subrogación de empréstitos, muchos bancos han encontrado mecanismos para entorpecerla y obstaculizarla. 

Hay que encontrar mecanismos adecuados para evitar que la portabilidad sea nulatoria, como sucede con las telefónicas, porque por sí sola no agilizará el proceso, agrega.

“Esto debe verse con lupa”, refiere,  porque se habla de que el artículo 121 de la Constitución le dará oportunidad a la Federación de regular el crédito. 

“Pero no puede imponer a los Estados la obligación de sufragar la prestación de servicios de forma gratuita”.  

Hay que hacer una nueva dinámica desde el punto de vista federal, propone Reyes Orona.

La competencia no se puede inducir

Al hablar sobre la competencia para bajar las tasas de interés en los bancos, como lo establece la iniciativa, el experto advierte que ésta no se puede inducir.

No están dadas condiciones, porque existen acuerdos en la banca de cómo se va a instrumentar la reforma y la Asociación de Bancos de México se ha erigido como foro para coordinarlas, denuncia. Y en esos acuerdos, señala, se han establecido obstáculos para que no se haga realidad la portabilidad crediticia que, por sí misma, genera competencia.

Recuerda que desde 1985 existe la facultad de las autoridades para evitar sesgos monopolísticos en las tasas de interés, pero nunca se ha hecho nada para evitar que el mercado se conduzca como un monopolio.

Incluso, la reforma de 1993 al articulo 28 que le dio facultades al Banco de México para combatir esas condiciones, prevalece todavía.  México es el país más rentable para las matrices, porque las comisiones que cobra no tienen comparación con las de otros países, advierte.

Una trampa a deudores

La escalada de reformas contra de los deudores comenzó en 1994, cuando se dijo que la calidad de los activos crediticios de la banca era menor a lo que se demostró en los estados financieros cuando se dio la desincorporación. 

En esa época, los banqueros aseguraron que encontraron activos dañados y, a partir de entonces, comenzó la escalada de reformas en contra de los deudores. 

Pero el daño en los activos no estaba en la ley, las reglas de aquel entonces, y las procesales mercantiles eran superiores a las actuales, el deterioro se dio por una gran corrupción entre funcionarios bancarios y deudores, explica Reyes Orona.

Ambos, dice, generaron un desorden en materia de archivos, desaparición de pagarés, inexistencia de contratos.  En pocas palabras, la incapacidad de crédito se la generaron a sí mismos los propios bancos en combinación con malos pagadores.

No es un problema de ley, sino de la mala capacidad de litigio que tienen los bancos, y ahora recargan en una gran cantidad de abusos y privilegios procesales la supuesta viabilidad de recuperación. 

“No va a ser dándole más privilegios a la banca como mejorarán sus activos, sino evitando la gran corrupción que existe entre funcionarios bancarios y acreditados”.

Es una imposición más de un proceso perverso, porque desde hace dos años los banqueros se encargaron de evaluar de manera exagerada sus activos para retirar dividendos, indica.

Y ahora tienen la imperiosa necesidad de presionar por una pronta recuperación, por encima de los derechos de los deudores. 

“Pero lejos de reservar dinero, los bancos lo que hicieron fue sustraerlo”, dice, y ahí están las consecuencias.

Bajo la lupa

> El concepto de arraigo ya está en desuso en muchos países, porque violenta tratados internacionales y preceptos constitucionales.

> No pueden seguir dándose reformas de manera indiscriminada, sin un compromiso formal y efectivo en materia de tasas de interés y margen financiero que son usurarias.

> Hay que crear un Registro de Comercio Federal que no sólo se refiera a las garantías sino a todas las actividades de naturaleza mercantil, y deberá ser responsabilidad de la Secretaría de Economía.

> Si se va a dar el paso de crear juicios y juzgados especializados, debe ser la Federación la que sustente el desahogo de los procedimientos.

> Es responsabilidad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores difundir la transferencia o portabilidad de créditos bancarios.

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