CDMX: Menores víctimas de violación podrán denunciar a agresor sin importar paso del tiempo

El diputado de Morena y presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Ricardo Ruíz Suárez, señaló que el objetivo de esta reforma es salvaguardar el derecho de la víctima a denunciar a su agresor

El Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma al Código Penal local en la que que establece que los delitos de violación y violación equiparada cometidos contra menores ya no serán prescriptibles; es decir, que no tendrán fecha de vencimiento para denunciar.

Durante una sesión virtual, el diputado de Morena y presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Ricardo Ruíz Suárez, señaló que el objetivo de esta reforma es salvaguardar el derecho de la víctima a denunciar a su agresor.

No son prescriptibles los delitos de violación y violación equiparada, dejando a salvo el derecho de la víctimas de denunciar a su agresor en el momento en que considere que se encuentren preparados física, mental y psicológicamente
Ricardo Ruíz SuárezDiputado de Morena

Detalló que son diferentes los motivos por los que un menor no denuncia, los cuales tienen que ver con su desarrollo psicosexual y las amenazas que están alrededor, algunas de ellas provenientes del perpetrador, miedo de decepcionar a los padres o “vergüenza social”.

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Asimismo, se modificó el plazo para su prescripción de los delitos perpetrados contra menores como el estupro, incesto, abuso sexual, acoso sexual, entre otros, ahora empezará a correr hasta que la víctima haya cumplido los 30 años, y no 18 años de edad, como estaba establecido.

Mientras que la reforma presentada por la diputada Leticia Estrada, también fue aprobada, que es una reserva al Artículo 111 y 181 bis, y establecen que el delito de pederastia no prescribe.

La reforma entrará en vigor un día después de que sea publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

También se reformó el artículo 181 bis del dictamen, el cual precisa el incremento de las penas de 12 a 20 años de prisión para quien realice cópula con personas menores de 12 años; de 4 a 9 años de prisión para quien ejecute actos sexuales contra menores de edad.

Y se considerará como agravante el hecho de que un servidor público encubra alguno de estos delitos, por lo que se estipula la destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión, hasta por la mitad del tiempo de la pena de prisión impuesta al autor del delito.

El diputado Ruíz Suárez señaló que con la aprobación de la reforma se salda una deuda histórica a favor de la niñez.

Por su parte, la diputada local de Morena, Guadalupe Morales, expresó que el Poder Legislativo “está para proteger a nuestros menores y procurarles las mejores condiciones para su desarrollo…debemos incidir en leyes más severas para garantizar un desarrollo sano para la niñez”.

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