SCJN niega declarar inconstitucional posesión de mariguana

La Primera Sala desechó un proyecto que permitiría poseer mariguana sin fines de distribución, siempre y cuando no afectara a terceros

La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó este miércoles un proyecto para declarar inconstitucional el delito de posesión de mariguana sin fines de distribución.

El proyecto, elaborado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, proponía amparar a un sujeto detenido por dicho delito.

El sujeto argumentaba que el artículo 477 de la Ley General de Salud es inconstitucional, pues transgrede el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Piña Hernández sostenía que dicho artículo no protege de daño o puesta en peligro la salud de terceros; por lo que falla en su finalidad de proteger el derecho a la salud.

De acuerdo con el proyecto, el Estado carece de legitimidad para prohibir el consumo de narcóticos y los actos relativos a éste, como la posesión.

El quejoso argumentaba que las personas adultas son capaces de decidir sobre su propio cuerpo, siempre y cuando no afecten a terceros.

“Así, corresponde exclusivamente al individuo adulto, de manera libre e informada, decidir si pone en peligro y/o daña su salud mediante el consumo de drogas, si desde su perspectiva con ello satisface un aspecto importante de su plan de vida”, señaló la Corte en un comunicado.

Sin embargo, la mayoría de los ministros de la Primera Sala decidió desechar el proyecto; por lo que la posesión simple de mariguana sin fines de distribución sigue estando penado.

“Al ser sometido a votación, los Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío Díaz y Jorge Mario Pardo Rebolledo votaron en contra del sentido del proyecto, por lo que por mayoría de tres votos en contra del proyecto, se desechó la propuesta que declaraba la inconstitucionalidad del artículo 477 de la Ley General de Salud”, agregó la Suprema Corte.

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