Rosario Robles ahora sí podría salir de prisión y seguir proceso desde casa; confirman amparo

Rosario Robles ahora sí podría salir de prisión y seguir proceso desde casa; confirman amparo

Tras la ratificación del amparo, en los próximos días se celebrará una audiencia para determinar si Rosario Robles sale de prisión

Rosario Robles Berlanga podría continuar su proceso legal fuera de prisión, esto luego que por unanimidad los magistrados del Noveno Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Penal confirmaron la resolución del titular del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo, Augusto Octavio Mejía Ojeda, quien el pasado 12 de junio le concedió un amparo para que el juez penal modifique la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a la exsecretaria.

El juez de control Ganther Alejandro Villar Ceballos deberá citar a una nueva audiencia a más tardar el próximo lunes para revisar la medida cautelar impuesta a Robles Berlanga hace dos años por el juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna (sobrino de la morenista Dolores Padierna Luna).

Cabe señalar que luego de que la Fiscalía General de la República (FGR) y la Auditoría Superior de la Federación (ASF) interpusieron recurso de revisión en contra de la resolución del juez de amparo, el magistrado Juan Carlos Ramírez Benítez presentó una ponencia al pleno del Noveno Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Amparo.

Esto para confirmar los argumentos y razones expuestas por el juez de amparo, quien había determinado que la licencia para justificar la existencia de diversos domicilios es falsa; y con esto, no existen recursos económicos ni de la inculpada ni de sus familiares, para que ésta pudiera evadir la acción de la justicia, y que está comprobado el domicilio de Rosario Robles en la Ciudad de México.

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Dicho proyecto fue aprobado por unanimidad y desestimó los argumentos presentados por la FGR y la ASF para confirmar la prisión preventiva, por lo que se determinó amparar y proteger a la quejosa para los efectos de la resolución anterior, donde el juez de amparo Mejía Ojeda resolvió que debía considerarse la posibilidad de modificar la prisión preventiva.

En su resolución, el Tribunal Colegiado ya referido determinó también que el recurso de revisión solicitado por la FGR es improcedente en virtud de que “sus agravios son infundados e inoperantes”.

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