La causa fue pospuesta para verificar las controversias constitucionales que se desprenden del caso

Reitera Trife: Congreso de Nuevo León debe elegir gobernador interino

El Tribunal Electoral del Poder Judicial afirma que facultad de elegir reemplazo de Samuel García recae en el Congreso local y no en el Ejecutivo

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) publicó este viernes la resolución que revoca la designación de Arturo Salinas como gobernador interino de Nuevo León y, al mismo tiempo, faculta al Congreso local seleccionar al reemplazo de Samuel García, cuye licencia para participar en los comicios presidenciales de 2024 entra en vigor el próximo sábado 2 de diciembre.

De acuerdo con lo publicado en las redes sociales del organismo público autónomo, Samuel García no está facultado para “dejarle” el despacho a su secretario General de Gobierno, Javier Navarro Velasco, tal y como pretende hacerlo desde que solicitó la licencia al Congreso, a finales del mes de octubre.

Aunque el emecista ha reiterado en varias ocasiones que Navarro Velasco será el “elegido” para administrar el despacho estatal, el Trife aclara que dicho escenario aplica sólo para ausencias menores a 30 días, mientras que la licencia solicitada es de seis meses.

“Son infundados los agravios en los que el actor (Samuel García) cuestiona que no se reconozca la designación del Secretario de Gobierno para suplir la licencia que le fue conferida (…)  La facultad del Gobernador de designar a una persona encargada del despacho únicamente opera cuando su ausencia temporal es menor a treinta días naturales; siendo que la licencia solicitada es mayor a ese periodo, opera el segundo supuesto para suplir vacancias en el que corresponde al Congreso Local nombrar a la gubernatura interina“, puede leerse en la resolución.

De tal forma, el reemplazo de García Sepúlveda deberá ser elegido a través de un consenso en el Poder Legislativo, cuya mayoría pertenece al bloque opositor conformado por el PRI y el PAN; al cargo no pueden aspirar personas vinculadas a secretarías, magistraturas, diputaciones, senadurías o cualquier cargo en organismos públicos autónomos.

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