Como cada año, los contribuyentes están obligados a presentar la declaración anual, por lo que el SAT recordó que la fecha

¡Que no se te pase! Esta semana inicia el plazo para la declaración anual; esto debes saber

Cabe señalar que las personas físicas que obtienen ingresos por salarios de un empleador no están obligadas a presentar la Declaración Anual

Como cada año, los contribuyentes están obligados a presentar la declaración anual, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que la fecha para personas físicas es del 1 al 30 de abril.

Las personas obligadas a presentar su declaración anual son aquellas que pertenecen a los siguientes regímenes:

  • Servicios profesionales (honorarios).
  • Actividades empresariales.
  • Plataformas tecnológicas.
  • Arrendamiento.
  • Intereses.
  • Dividendos.
  • Enajenación de bienes.
  • Adquisición de bienes.

Recomendaciones para los contribuyentes

El SAT también dio una serie de recomendaciones para realizar tu declaración anual y presentarla en tiempo en forma

Entre ellas se encuentra SAT ID, que permite generar o renovar la Contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa o desde cualquier dispositivo con acceso a internet, a través de satid.sat.gob.mx.

Por otro lado, las personas físicas que reciban ingresos por salarios pueden verificar sus recibos a través del Visor de nómina para el trabajador: https://www.sat.gob.mx/declaracion/97720/consulta

Así como las que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad; y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.

Lee: ¡Prepárate para abril! Así puedes usar el simulador del SAT para la declaración anual

En este sentido, para revisar la información precargada en su Declaración Anual, pueden hacer uso del Simulador en: https://www.sat.gob.mx/declaracion

¿Cómo puedo registrar deducciones?

Es importante precisar que las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados el año pasado por los contribuyentes, siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

Algunas de ellas son: honorarios médicos, dentales, de psicólogos y nutriólogos, seguro de gastos médicos, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación y colegiaturas, entre otras.

Aunque las personas físicas que obtienen ingresos por salarios de un empleador no están obligadas a presentar la Declaración Anual, pueden obtener deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor.

Para mayor información, los contribuyentes pueden consultar el minisitio de Declaración Anual 2021: http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2021

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