CIUDAD DE MÉXICO, 26ABRIL2018.- Con 324 votos a favor, 1 abstención y 31 en contra, se aprobó en lo general, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, durante la sesión ordinaria en Cámara de Diputados. FOTO: MARIO JASSO /CUARTOSCURO.COM

PAN acusa a Morena de retrasar licencias laborales para padres con hijos enfermos de cáncer

La propuesta establece que los padres podrán tener la seguridad jurídica que durante la licencia laboral conservarán su empleo y hasta el 60 por ciento de su salario

La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 442 votos, la minuta del Senado que estuvo en la congeladora por un año para otorgar licencias a padres o madres trabajadores con hijos menores de 16 años de edad diagnosticados con cáncer, para ausentarse de sus labores durante la etapa crítica del tratamiento.

Sin embargo, La bancada del PAN acusó a Morena y sus aliados de impedir, en una accidentada sesión, que entrara en vigor de inmediato la iniciativa que otorga licencias laborales a los padres de familia para acompañar los tratamientos y cuidados de sus hijos con enfermedad grave.

Recordó que con el dictamen, regresado al Senado, “el padre o la madre trabajadora podrá acompañar durante el tratamiento a su hijo menor de 16 años con el correspondiente permiso laboral para ausentarse de uno a 28 días, sin que puedan ser despedidos por ello”.

La propuesta establece que los padres podrán tener la seguridad jurídica que durante la licencia laboral conservarán su empleo y hasta el 60 por ciento de su salario, refirió.

El dictamen establece que esa licencia se otorgará a un padre o madre para que pueda ausentarse de manera justificada de su empleo, a fin de realizar los cuidados médicos necesarios que el menor de edad requiera en los periodos críticos de tratamiento u hospitalización.

Precisa que la licencia se concederá a petición de la madre o padre del menor diagnosticado, y en ningún caso se otorgará a ambos.

Estipula que los trabajadores podrán recibir un subsidio que reemplace parcialmente su remuneración mensual, equivalente al 60 por ciento del último salario diario de cotización registrado por el patrón.

Para tener derecho al subsidio, el trabajador o trabajadora deberá haber cubierto por lo menos 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha del diagnóstico, y en caso de cumplir con este requisito, tener al menos 52 semanas de cotización previas al inicio de la licencia.

Las licencias tendrán una vigencia de uno a 28 días, y podrán expedirse tantas como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin que se excedan 364 días, mismos que no necesariamente deberán ser continuos.

Con información de Notimex

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