Los menores en conflicto con la ley que llevan su proceso en externamiento representan un total de 44. Foto: Especial

Homicidio y delitos sexuales, la mayor incidencia delictiva entre menores de edad en la CDMX; hay 69 en reclusión

Especialistas señalan la necesidad de modificar los protocolos de tratamiento para evitar la reincidencia de los delitos graves que se sancionan tanto con internamiento como en libertad

El homicidio es el principal motivo por el que los menores de edad en conflicto con la ley (personas menores de 18 años que han cometido algún delito) están en reclusión en la Ciudad de México.

Especialistas consideran que esto se debe a factores legales, ya que los jueces determinan que las y los adolescentes que cometen asesinato deben permanecer internados en alguna institución especializada.

Advierten que, para corregir las conductas, es necesario modificar el esquema con el que se trata a las infancias.

De los 113 adolescentes sentenciados, 23 están internados por cometer homicidio

En la capital del país hay un total de 113 menores en conflicto con la ley que tienen una sentencia por la comisión de un delito, detallan estadísticas del Sistema Penitenciario de la Ciudad de México sobre la Población Penitenciaria con actualización al 3 de marzo de 2023.

De dicha cifra, 69 llevan un tratamiento en internamiento, es decir, están en una institución pública para su atención.

El Centro Especializado para Mujeres Adolescentes; para Adolescentes “San Fernando”; de Internamiento Preventivo para Adolescentes; para Adolescentes “Dr. Alfonso Quiroz Cuarón”; y de Medidas en Externamiento para Adolescentes son las instancias disponibles en la ciudad.

Los datos indican que 23 de los 69 adolescentes internados cometieron homicidio, convirtiéndolo en la incidencia delictiva con mayor prevalencia.

Le siguen el robo agravado, con 17 casos; y la privación de la libertad con 17 también.

Tres menores de edad permanecen recluidos por el uso de armas de fuego y explosivos; tres por delitos contra la salud; tres por cometer feminicidio; dos por delitos sexuales; y dos por extorsión.

Las estadísticas de la Secretaría de Gobierno capitalina señalan que hay 44 menores de edad que están sentenciados por cometer algún delito, pero llevan su tratamiento en externación, es decir, en libertad.

En esta situación, la mayoría de los infractores cometieron delitos sexuales, con un total de 17.

El segundo delito con más casos es el robo agravado, con 12; y el tercero con más incidencia es el de la privación de la libertad, con cuatro.

Especialista de la UNAM explica medidas de internamiento

El hecho de que la mayoría de los menores en conflicto con la ley estén en internamiento por homicidio, se debe a que un juez consideró que la gravedad de sus acciones amerita un tratamiento privado de la libertad, comenta Arturo Luis Cossío Zazueta, director del Seminario de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

El especialista detalla que, en el régimen de los adolescentes que van de los 12 a los 18 años y cometen un delito, hay un sistema menos punitivo y va más orientado a medidas que puedan permitir tener readaptación social

“No se les toma como si no fueran adaptados, si ellos cometen una acción ilícita, llevan un tratamiento y este puede ser en internación o externación y hay ciertas reglas, porque si un menor tiene, de los 12 a los 14 años, no se le puede privar de la libertad en caso de que se le juzgue y se le condene”, dice.

Sin embargo, menciona que, si un menor, después de los 14 años, comete un delito grave, puede ser tratado en reclusión y los delitos por los que los jueces ordenan el internamiento son homicidio, privación de la libertad o similares.

“Las conductas como secuestro y homicidio son las que implican privación de libertad”, explica. 

Mejoras al sistema de readaptación social

Cossío Zazueta afirma que la readaptación social de menores  en conflicto con la ley se puede mejorar con más recursos y protocolos de tratamientos personalizados para todos los casos.

Afirma que la ley indica que, por muy graves que sean los delitos, solo pueden pasar cinco años en internamiento; no obstante, precisa que existen casos en que esto es insuficiente.

Esto, debido a que hay adolescentes que cometen un homicidio y pasan ese lapso en tratamiento para corregir sus conductas, pero hay otros que cometen desaparición forzada, se ven involucrados en asesinatos o en otros delitos y se les impone el mismo mecanismo.

“Son delitos que necesitan un tratamiento largo, pero al tener esta restricción del tiempo, el tratamiento no es suficiente y no se puede garantizar que no reincidan”, comenta.

Por lo anterior, el experto de la UNAM menciona que son pocos los casos en los que se necesita más tiempo, por lo que no es necesario una reforma legislativa.

En cambio, declara, se requieren mejores protocolos de tratamiento personalizados, de acuerdo con las conductas de las infancias y, para llevar a cabo esto, se necesitan más recursos económicos.

“Tiene que mejorar la política del tratamiento, dando recursos suficientes para invertir, para tener el personal suficiente para el trato y el tratamiento necesario para los menores en conflicto con la ley”, concluye.

Te puede interesar