Es oficial; ningún funcionario público podrá ganar más que el Presidente

La Ley fue aprobada y publicada con errores e inconsistencias, pues se trata de una iniciativa votada en el 2011 por el Senado y al ser “resucitada” todavía tiene términos que se utilizaban hace 7 años
Imelda García Imelda García Publicado el
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Este 5 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación, con los errores con que fue aprobada, la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, en la que se especifica que ningún funcionario podrá ganar más que el presidente de la República.

Esta Ley regirá a los tres Poderes, por lo que ningún servidor público podrá tener ingresos superiores a los 108 mil pesos que ha anunciado que ganará Andrés Manuel López Obrador; además de que elimina la pensión a los expresidentes de la República.

Esta Ley fue aprobada y publicada con errores e inconsistencias, pues se trata de una iniciativa votada en el 2011 por el Senado y al ser “resucitada” por la Cámara de Diputados el 13 de septiembre pasado, todavía tenía términos que se utilizaban 7 años antes.

Estos errores deben ser corregidos a la brevedad, pues de aplicarse ajustes a las remuneraciones bajo esta Ley, estos podrán ser controvertidos en tribunales.

Algunas inconsistencias son tan sencillas como que dice “Distrito Federal” en lugar de “Ciudad de México”; habla de salarios mínimos en lugar de “Unidad de Medida y Actualización”; o dice “IFE” en lugar de INE.

Otros errores es que no se incluye a los organismos creados en las reformas estructurales del sexenio del presidente Enrique Peña Nieto y que están ahora la Constitución y que debieran ser sujetos obligados. Por ejemplo: la COFECE; el IFT; el INAI; el INEE; el Coneval; la Comisión Reguladora de Energía; el Centro Nacional de Control de Gas Natural; el Fondo Mexicano del Petróleo; y otros fondos creados recientemente.

Hay otras de más fondo: artículos transitorios que se contraponen con otras leyes; o que entra en vigor al día siguiente de su publicación —o sea, mañana—, aunque la Constitución señale que las remuneraciones se fijan cada año en el Presupuesto de Egresos y no se pueden modificar a lo largo de ese año.

Un error que fue considerado grave por los legisladores de la Oposición es que se propone un artículo 217bis en el Código Penal. En el 2011 este número estaba libre, pero ahora este artículo ya está ocupado por otro texto.

Otra inconsistencia es que el texto dice que al entrar en vigor “la presente ley”, aunque debiera decir “el presente decreto”, pues el primer enunciado no incluye cambios al Código Penal, que también se modifica en esa ley.

A pesar de que la Ley fue aprobada el 13 de septiembre pasado, ésta no fue publicada por el presidente Enrique Peña Nieto por los errores que contiene, por lo que al vencerse el plazo, la semana pasada el presidente del Senado, Martí Batres, ordenó su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Es su rúbrica la que aparece al final del texto.

Pidieron hacer cambios

El 13 de septiembre del 2018, cuando la Cámara de Diputados discutió esta Ley, los legisladores de Oposición (PAN, PRI, MC y otros) pidieron que se procesara la Ley pero que se modificaran los errores.

La bancada de Morena no aceptó esto porque significaba que debía ser devuelta al Senado; a pesar de tener mayoría también en la Cámara alta, decidió aprobar la Ley tal como estaba para luego corregirla.

La discusión de esta Ley se convirtió en la acusación de los legisladores de Morena hacia la Oposición de querer frenar su aprobación; sin embargo, los diputados contrarios a Morena insistieron en que solo pedían que se corrigieran los errores.

Los legisladores de Morena han dicho que se procesarán las correcciones a la brevedad, aunque ya podrán ir trabajando los cálculos del Proyecto del Presupuesto de Egresos del 2019 para las remuneraciones de los servidores públicos.

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