La Pensión Bienestar se da exclusivamente a los adultos mayores de 65 años
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¿Es legal cobrar la Pensión Bienestar de un fallecido y qué pasa si lo hago?

La Pensión Bienestar se da exclusivamente a los adultos mayores de 65 años en adelante a través de su tarjeta del Banco del Bienestar

La Pensión Bienestar en México es un apoyo económico de 4 mil 800 pesos que se otorga de forma bimestral a los adultos mayores de 65 años en adelante; sin embargo, varios se preguntan si se puede cobrar si la persona ha fallecido.

¿A quién se da la Pensión Bienestar?

La Pensión Bienestar se da exclusivamente a los adultos mayores de 65 años en adelante a través de su tarjeta del Banco del Bienestar.

Con lo anterior, el gobierno se asegura que no existan intermediarios pues pueden suceder casos de fraudes.

¿Se puede cobrar la Pensión Bienestar de un fallecido?

En las últimas semanas se ha dado a conocer que los familiares de los beneficiarios han cobrado la ayuda pese a que el adulto mayor ha fallecido.

¿Es legal cobrar la Pensión Bienestar de un fallecido?

No, ya que cobrar la Pensión Bienestar de un fallecido es ilegal y el gobierno de México lo considera fraude.

¿Qué pasa si cobro la Pensión Bienestar de un fallecido?

El delito de fraude se castiga con las penas siguientes:

* Prisión de 3 días a 6 meses o de 30 a 180 días multa, cuando el valor de lo defraudado no exceda de diez veces el salario.

* Prisión de 6 meses a 3 años y multa de 10 a 100 veces el salario, cuando el valor de lo defraudado excediera de 10, pero no de 500 veces el salario.

* Prisión de tres a doce años y multa hasta de ciento veinte veces el salario, si el valor de lo defraudado fuere mayor de quinientas veces el salario.

Según indica la autoridad, una vez que tenga lugar el lamentable fallecimiento de una persona derechohabiente a la Pensión del Bienestar, sus familiares o la persona adulta auxiliar tendrán la obligación de “notificar de manera inmediata en el Módulo de Atención si este fallece.

Además, deberán presentar el documento que certifique el fallecimiento como acta de defunción o certificado de defunción emitido por la autoridad local”.

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