El delito de tener hambre

En México se calcula que existen más de 7 mil hombres y mujeres que están recluidos en las cárceles mexicanas por haber robado algo para comer.

Ellos son un rostro más de la pobreza que en el país afecta a más de 22 millones de mexicanos, de acuerdo a cifras oficiales.

Hay presos que hurtaron una fruta, un yogurt o medio kilo de tortillas y esa es la razón por la que enfrentan procesos judiciales que amenazan con mantenerlos en prisión por hasta 10 años. 

J. Jesús Lemus J. Jesús Lemus Publicado el
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"Viví una vida de perro que no se la deseo a nadie. En la cárcel fui un esclavo: trabajaba solo para tener derecho a comer"
Ricardo
Ricardo robó una manzana porque llevaba días sin comer. Fue sentenciado a una condena de 6 años de prisión. Lo acusaron también de sustraer más objetos y de amenazas y daños
En ninguna cárcel estos internos son tratados de manera especial para salvaguardar su integridad
Casi el 64 por ciento de los que ingresaron en los últimos cinco años a prisión por haber robado alimentos, también cometieron delitos graves dentro de la cárcel
La mayoría son mujeres, madres solteras, sin empleo y a veces sin formación académica
Solo un 37 por ciento de los procesados por delitos de hambre son hombres
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En México se calcula que existen más de 7 mil hombres y mujeres que están recluidos en las cárceles mexicanas por haber robado algo para comer.

Ellos son un rostro más de la pobreza que en el país afecta a más de 22 millones de mexicanos, de acuerdo a cifras oficiales.

Hay presos que hurtaron una fruta, un yogurt o medio kilo de tortillas y esa es la razón por la que enfrentan procesos judiciales que amenazan con mantenerlos en prisión por hasta 10 años. 

La mayor parte de los presos acusados de los llamados Delitos Famélicos están relacionados con otros ilícitos, los que a decir de los agentes del ministerio público que los consignaron, ocurrieron de manera simultánea.

Los departamentos jurídicos de tiendas como Walt Mart, Aurrera, Soriana, Chedraui y Comercial Mexicana parecen especialistas en cuadrar otros delitos al del robo de alimentos. 

Para desalentar el robo de alimentos, estas tiendas departamentales se aseguran que los infractores permanezcan varios años en la cárcel, incluyendo otra felonía a éste, que en la mayoría de los códigos penales de los estados es considerado un delito menor, explica el sociólogo y abogado de Universidad Michoacana, José Rosario Valenzuela.

El 97 por ciento de las procesos penales que se instruyen contra presos que cometieron el delito de robar alimentos, son acusados por alguna de las tiendas que pertenecen  a la Asociación Mexicana de Tiendas Departamentales y de Autoservicio (AMDA), una asociación que mantiene una política inflexible, que no permite otorgar el perdón legal contra los usuarios que sustraen alimentos de sus instalaciones.

La cifras globales de las procuradurías de justicia de al menos 15 estados del país, revelan que solo en lo que va del presente año, las tiendas afiliadas a la AMDA han solicitado el apoyo de los cuerpos de seguridad y han acudido en calidad de víctimas ante el ministerio público para entablar querella penal contra 682 personas, las que fueron encontradas con alimentos sustraídos ilegalmente.

Pero lo representantes jurídicos de las tiendas afiliadas a la AMDA no solo acusan el delito de robo de alimentos, en la mayoría de los casos señalan a los infractores de haber cometido otros delitos concurrentes, como intento de homicidio, daño en las cosas, lesiones, amenazas y hasta ataques a las vías generales de comunicación. Esto para asegurarse que los acusados no salgan pronto de prisión.

En la mayoría de los casos de delitos concurrentes con el Robo Famélico, no existen tales hechos, solo es una estrategia de engaño que hacen las tiendas de autoservicio a los agentes del ministerio público, para que se actué en aparente rigor contra las personas a las que el hambre las lleva a cometer el ilícito del robo, dice Saúl Moncada, defensor de oficio de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal.

Todos los acusados de Delitos Famélicos se encuentran en prisiones de mediana y mínima seguridad en todo el país. La mayoría de ellos se concentran en las prisiones del Distrito Federal, en donde se calcula una población reclusa de poco más de 5 mil personas, la mayoría de ellas mujeres, madres solteras, sin empleo y a veces sin formación académica. 

Solo un 37 por ciento de los procesados por delitos de hambre son hombres.

Las condiciones que enfrentan en prisión los presos que cometieron el delito de tener hambre, son las más extremas. La falta de recursos económicos –que a veces les impide pagar una fianza para alcanzar la libertad condicional- los obliga a someterse a otros reos, para ser el eslabón más débil en la cadena de corrupción que prevalece dentro de las prisiones, señala Rosendo Tamayo Solís, penalista de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Por su condición de pobreza y su bajo perfil criminal, la mayor parte de los reclusos por Delitos Famélicos son utilizados como auxiliares de los cuerpos de seguridad al interior de los penales para que realicen los cobros con los que se tasa a toda la población carcelaria, cobro que se aplican para tener derecho a visita familiar, visita conyugal, acceso al agua potable y/o evitar el pase de lista o realizar labores de limpieza.

Reincidencia común

El mayor conflicto que representan para el sistema penitenciario los reos por Delitos Famélicos, es la reincidencia delictiva. Casi el 64 por ciento de los que ingresaron en los últimos cinco años a prisión por haber robado alimentos, también cometieron delitos graves dentro de la cárcel, como tráficos de drogas, portación de arma de fuego, riña, extorsión, lesiones, intento de homicidio y/o intento de evasión de reos.

Los presos que se “engancharon” dentro de prisión con nuevos delitos, sumaron a sus condenas iniciales entre 5 y 15 años de prisión, de acuerdo a las estadísticas de la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal. 

Y es que son las cárceles del Distrito Federal en donde se registra el mayor índice de reincidencia delictiva, pero a pesar de ello, a los reos por delitos famélicos no se les separa del resto de la población carcelaria.

Dentro de la legislación penitenciaria no existen programas oficiales, en ninguno de los niveles carcelarios del país, mediante los cuales se les pueda dar protección a los reos no peligrosos procesados por delitos de hambre. En ninguna cárcel estos internos son tratados de manera especial para salvaguardar su integridad y su persona durante el periodo del proceso penal al que son sujetos.

Por decisión particular de algunos directores de penales, el estado de Chihuahua es de los más avanzados en el sistema carcelario. Allí los reos que ingresan por el delito de robo de alimentos son tratados de otra manera. Se les aleja de la población de alta peligrosidad o que cometieron delitos de alto impacto social, para evitar que sean “enganchados” por los grupos de autogobierno. Se les asignan labores de apoyo a la autoridad y se les otorgan incentivos por buen comportamiento.

En contra parte, en las prisiones de los estados de Michoacán, Veracruz, Puebla, Oaxaca, Zacatecas, Aguascalientes, Querétaro, Guanajuato y San Luis Potosí, los presos acusados de delitos de hambre son agregados, sin reglamentación psicocriminal, con el resto de la población, lo que hace que el índice de reincidencia delictiva más elevado del país se registre en esas entidades.

Vida de perro

Cuando Ricardo Nava se llevó una manzana a la bolsa, porque tenía cinco días sin comer, no se imaginó el calvario que tendría que vivir en prisión. 

El encargado del departamento jurídico de Chedraui en Morelia, lo acusó también de haber robado un pantalón, dos desodorantes y una loción. 

El agente del ministerio público que recibió la denuncia también se ensañó: lo acusó además de amenazas y daño en las cosas. 

A Ricardo lo sentenciaron a 6 años de prisión.

“Fue la manzana más cara del mundo la que me comí”, comenta Ricardo con voz apagada, pero con el alivio de estar fuera de la cárcel. 

“Viví una vida de perro que no se la deseo a nadie. En la cárcel fui un esclavo: trabajaba solo para tener derecho a comer. Tenía que pagar una cuota diaria de diez pesos a los custodios que siempre amenazaban con mandarlo a una celda con uno los delincuentes que controlan el penal”.

El proceso penal de Ricardo fue extraordinario. En menos de dos meses el juez dictó sentencia con los elementos que el Ministerio Publico aportó: una declaración de un guardia de seguridad que no estuvo al momento de la detención y que aseguró que el detenido amenazó con golpearlo y le profirió amenazas de muerte. 

En la declaración del guardia de Chedraui se argumentó “el riesgo en el que estuvo el personal de la tienda, durante el robo…”

El ministerio público, cuenta Ricardo, nunca realizó las actuaciones de ley. Se limitó a recibir la declaración por escrito del guardia que en apariencia llevó a cabo la detención. El departamento jurídico de la tienda fue el que hizo los alegatos suficientes para que el ministerio público solo integrara las actuaciones a su averiguación. El juez que dictó la sentencia ni siquiera conoció al acusado.

En prisión, Ricardo conoció a por lo menos otros seis internos que también fueron sometidos a proceso penal por Delitos Famélicos. Al robo de pan, agua, galletas y yogurt, las tiendas en Michoacán Walmart, Aurrera y Soriana, les agregaron otros delitos graves, incluyendo el de homicidio en grado de tentativa, para evitar que los infractores salieran en forma inmediata de la prisión. Todos los acusados fueron sentenciados condenatoriamente.

Indígenas y hambre

Del total de los internos que actualmente son procesados por Delitos Famélicos en todo el país, al menos 84 de ellos son indígenas, según reconoce la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI). 

Son personas que en estado de indigencia tuvieron que recurrir al hurto para poder alimentarse, pero que la legislación de diversos estados los ha considera como criminales.

Actualmente existe una iniciativa al interior de la CDI para solicitar ante las procuradurías de justicia y jueces penales de por lo menos 17 estados, para que se desista de la acción penal en contra de los reos indígenas sometidos a proceso por el delito de tener hambre. 

La iniciativa no es parte de ningún programa oficial, solo es la buena voluntad de algunos funcionarios de ese organismo federal.

Los 84 indígenas que son reconocidos por el CDI como reos por Delitos Famélicos, son internos que no han delinquido dentro de prisión, pero que están en posibilidad de ampliar su permanencia en la cárcel por el riesgo al que se encuentran sometidos, ante la posibilidad de cometer otros ilícitos como resultado de las condiciones de pobreza en las que siguen permaneciendo.

En la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)  se tienen documentados al menos 17 casos de reos que están procesados por haber robado algo para comer, pero esa dependencia no ha sido capaz de emitir ninguna recomendación a los gobiernos estatales para solicitar la liberación de dichos preso. En la mayoría de los casos los funcionarios de esa dependencia siguen “documentando” las indagatorias.

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