¿Cómo solicitar al gobierno el apoyo funerario por COVID-19?

El director general del IMSS comentó que sólo será posible entregar un apoyo por cada persona fallecida y podrá tramitarse a través de una plataforma de internet

El Gobierno de México indicó este martes que otorgará 11 mil 460 pesos a los familiares de personas fallecidas por COVID-19, a través de un nuevo programa de apoyo de gastos funerarios.

Zoé Robledo Aburto, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social, informó que el apoyo es para las personas que fallecieron por COVID-19 entre el 18 de marzo y hasta que se declare oficialmente el fin de la emergencia sanitaria.

En conferencia matutina, el funcionario señaló que la cantidad del apoyo fue definida en la Junta de Gobierno del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).

“Es un gesto solidario para las familias que hayan tenido una pérdida irreparable durante la pandemia”.

El director general del IMSS comentó que sólo será posible entregar un apoyo por cada persona fallecida y podrá tramitarse a través de una plataforma de internet, que estará disponible en unos días.

Lee: Calderón y Coparmex reprochan que México sea el “peor país” para vivir el COVID-19

El apoyo encabezado por el Gobierno de México, en coordinación con el IMSS, DIF y otras dependencias, va dirigido a los familiares que sufrieron la pérdida de un ser querido desde el brote de COVID-19 en el país.

¿Cómo solicitarlo?

Para solicitar el apoyo funerario la persona interesada deberá ingresar al siguiente sitio web: www.deudoscovid.gob.mx. Cabe señalar que la plataforma aún no está habilitada y comenzará a funcionar el próximo miércoles 2 de diciembre.

Posteriormente, se deberá ingresar la documentación solicitada de la persona fallecida.

Paso 1: Ingresar los datos de la CURP de la persona fallecida y adjuntar el acta de defunción por COVID-19.

Paso 2: Registrar a la persona beneficiaria, compartir el documento que acredite el parentesco, y adjuntar identificación oficial.

Paso 3: Determinar el medio de entrega del apoyo, ya sea por cuenta bancaria o por medio de un folio para el cobro en ventanilla.

Paso 4: Leer y aceptar y la declaratoria bajo protesta de decir verdad de que el uso de los recursos es para la recuperación de la economía familiar. No obstante, no se tendrán que comprobar los gastos funerarios

Paso 5: La plataforma generará el comprobante de la solicitud a través de la descarga de un folio con el que se autorice.

¿Para quién es el apoyo funerario?

*Se otorgará a beneficiarios como: madre, padre, hijos, esposo (a), así como pareja de la persona fallecida.

*Deberán ser mayores de 18 años.

*El apoyo se aplicará de manera directa a los solicitantes.

Te recomendamos: Entregarán apoyo para gastos funerarios a familiares de fallecidos por COVID: IMSS

Las autoridades precisaron que la persona que quiera tramitar el apoyo contará con un plazo de hasta un año a partir de la defunción del ser querido, y se dará un plazo de espera de una semana para depositar los recursos.

En caso de que otro familiar realice el mismo proceso, se entraría en una controversia e investigación para liberarlo.

Si el interesado en recibir el apoyo no cuenta con internet deberá acudir a las oficinas del DIF en todo el territorio nacional para que sea apoyado por un asesor e inicie el trámite.

Para cualquier aclaración o duda, se puede enviar un correo electrónico a: [email protected].

Te puede interesar