Reparto de utilidades: ¿Cuándo se pagan y qué trabajadores tienen derecho a esta prestación?

Cabe señalar que si la empresa no obtuvo utilidades durante el ejercicio fiscal anterior, no hay reparto para los empleados
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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El reparto de utilidades es una prestación a la que tienen derecho los empleados en México, aunque esto ocurre si la empresa generó un ingreso anual declarado para el ISR ante el SAT que supere los 300 mil pesos.

Este derecho de los trabajadores se establece en el artículo 123 de la Constitución de México y en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.

¿Qué es el reparto de utilidades?

Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.

El reparto de utilidades también estimula la productividad, pues es una retribución al esfuerzo productivo de los asalariados.

¿Cómo saber si tengo derecho al reparto de utilidades?

Todos aquellos que se encuentran al servicio de un empleador son quienes tienen derecho a recibir el pago de su PTU. Entre estos se encuentran:

  • Madres y padres que estén en períodos de incapacidad temporal y trabajen.
  • Trabajadores eventuales, siempre que su período laboral haya sido de por lo menos 60 días durante el año.
  • Exempleados que hayan trabajado durante el año fiscal anterior en un plazo mínimo de 60 días.

Empleados que no tienen derecho al reparto de utilidades

De acuerdo al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, los siguientes empleados son quienes no tienen derecho a recibir el pago de PTU:

  • Directores, gerentes generales y administradores.
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días.
  • Socios y accionistas.
  • Colaboradores bajo un esquema de pago por honorarios.
  • Trabajadores domésticos.

¿Cuál es la fecha límite para el reparto de utilidades?

El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual; es decir, del 1 de abril al 30 de mayo las personas morales y del 1 de mayo al 29 de junio las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, así como las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal.

Cabe señalar que el plazo vence el 29 de junio.

Recuerda que si la compañía reporta un ejercicio de pérdidas, no está obligada a realizar reparto de utilidades.

¿Cuánto me toca de reparto de utilidades?

El 10 por ciento de las utilidades netas se considera el monto de la utilidad de la empresa durante el ejercicio fiscal pasado, esto se divide en número de empleados, sueldo y tiempo que lleva trabajando cada uno durante el año.

Por ejemplo, si una empresa generó 1 millón de pesos y tiene 20 colaboradores y todos ellos trabajaron los 365 días del año, harás la siguiente operación.

Monto de la utilidad a compartir: 100 mil

Días laborados por cada trabajador: 365

Total de trabajadores: 20

365 x 20= 7,300

Para calcular el factor: 100,000/7,300

En caso de que donde trabajas no te hayan pagado utilidades puedes presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo Dependemos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) .

Puedes comunicarte al 01 800 911 7877 y 01 800 717 29 42, con un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas.

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