El partido político Futuro, representado por Susana de la Rosa en el Congreso de Jalisco, impulsa dos reformas en favor de la comunidad LGBTIQ

Un Futuro con más libertades para la comunidad LGBTIQ

El partido político Futuro, representado por Susana de la Rosa en el Congreso de Jalisco, impulsa dos reformas en favor de la comunidad LGBTIQ+: una para establecer la figura del matrimonio igualitario en el estado, y otra para prohibir las llamadas terapias de conversión

La legisladora del partido Futuro, Susana de la Rosa Hernández, ha presentado ante el Congreso de Jalisco dos iniciativas para ampliar y garantizar las libertades de la comunidad LGBTIQ+ en el estado: una para reconocer la figura del matrimonio igualitario y la otra para prohibir las llamadas terapias de conversión.

Futuro es el partido político que fundó Pedro Kumamoto Aguilar, quien años atrás fungió como legislador local independiente en el Congreso local, y cuyo movimiento terminó por convertirse en una nueva fuerza política

En su iniciativa sobre el matrimonio igualitario, la diputada de la Rosa Hernández destaca que desde el 26 de enero de 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que eran inconstitucionales las porciones normativas del Código Civil del Estado de Jalisco que hacen referencia al matrimonio como la unión de un hombre y una mujer.

La diputada cita la argumentación vertida por el ministro ponente, José Ramón Cossío Díaz: “la porción impugnada del artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco es inconstitucional ya que atenta contra la autodeterminación de las personas y contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo y, de manera implícita genera una violación al principio de igualdad, porque a partir de ese propósito se da un trato diferenciado a parejas homoparentales respecto de las parejas heterosexuales, al excluir de la posibilidad de contraer matrimonio a personas del mismo sexo”.

Señala que “a raíz de dicha resolución, algunos municipios comenzaron a llevar a cabo matrimonios igualitarios en la entidad. No obstante, a pesar de que ya han transcurrido seis años de la resolución a la Acción de Inconstitucionalidad 28/2015, el Congreso de Jalisco aún no modifica el Código Civil para modificar las porciones normativas invalidadas, y de esta manera asegurar el acceso al matrimonio igualitario en todo el estado de Jalisco”.

Agrega que es momento de que las leyes de Jalisco reconozcan el matrimonio igualitario y que de esta manera en ningún Registro Civil del estado se le niegue o se le ponga obstáculos a ninguna pareja del mismo sexo para ejercer su derecho a la igualdad y no discriminación.

Si el Congreso respalda la iniciativa para prohibir las terapias de conversión, quien realice estas prácticas en Jalisco podría recibir una pena de hasta 6 años en prisión

Rezago jalisciense

La iniciativa de Futuro busca modificar diversos artículos de tres legislaciones estatales: el Código Civil de Jalisco, la Ley del Registro Civil y la Ley del Instituto de Pensiones, sin embargo, en el caso del Código resulta central el Artículo 258, que actualmente dice que “ el matrimonio es una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual un hombre y una mujer deciden compartir un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y la fundación de una familia”.

Con la reforma, quedaría de esta manera: “el matrimonio es una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual dos personas deciden compartir libremente un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y la fundación de una familia con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones”.

También se plantea modificar el Artículo 539 sobre la “adopción plena”, para que el requerimiento que actualmente está redactado de esta forma: “I. Los adoptantes sean un hombre y una mujer casados entre sí y que vivan juntos;”, quede de la siguiente manera: “I. Los adoptantes sean cónyuges y que vivan juntos”.

Futuro contra las terapias de conversión

Si el Congreso respalda la iniciativa de la diputada para prohibir las terapias de conversión, también conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), quien realice estas prácticas en el estado podría recibir una pena máxima superior a los seis años de prisión.

La iniciativa de la legisladora dice que son consideradas prácticas fraudulentas por instituciones internacionales y mexicanas como el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) y constituyen una forma de violencia y discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.

Según la diputada, existen varias formas en las que se presentan los ECOSIG y los abusos físicos y psicológicos: “entre las que se identifican: la coerción y falta de consentimiento, privación ilegal de la libertad, violencia verbal y amenazas, uso forzado de medicamentos, violaciones sexuales, terapias de aversión, electroshocks, exorcismos”

Por lo tanto, la iniciativa de la legisladora, de la Rosa Hernández, prevé modificar el Código Penal del Estado, para crear el nuevo Artículo 202 Ter, con la siguiente redacción:

“Se impondrá de 1 a 5 años de prisión, de cincuenta a trescientos días de multa y la inhabilitación de su ejercicio profesional, (…) a la persona física o moral o cualquier persona que induzca, imparta, coaccione, promueva o emplee conferencias, pláticas o foros, aplique, ejecute terapia, obligue o financie cualquier tipo de esfuerzo, tratamiento o cualquier servicio que pretenda cambiar la orientación sexual, expresión de género e identidad de género de la persona, así como toda acción que pretenda cambiar, restringir, anular o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona y sus derechos, también conocidas como terapias de conversión”.

El nuevo artículo del Código Penal consideraría además el siguiente agravante, mediante el cual podría incrementarse la pena impuesta para los responsables de los ECOSIG: “Se aumentará hasta una cuarta parte de la sanción prevista en el párrafo anterior, en los casos en que esta conducta se realice en contra de personas menores de 18 años o personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho, en este caso el delito se perseguirá de oficio”.

También puedes leer: Futuro se pone el pañuelo verde con despenalización del aborto

Te puede interesar