Arranca este jueves vacunación de 50 a 59 años en 15 municipios del Edomex

Tribunales revocan orden de juez que modificaría plan nacional de vacunación antiCOVID

Después de que un juez dictaminara dar prioridad a pacientes vulnerables ante el COVID, Tribunales federales echaron atrás esta modificación al plan de vacunación

Dos Tribunales federales echaron atrás la orden de un juez que modificaría el plan de vacunación instituido por el Gobierno federal.

La resolución del juez contemplaba que se realizaran cambios a la Política Nacional de Vacunación (PNV) para dar prioridad a personas más vulnerables a COVID, independientemente de su edad.

Sin embargo, el Primero y el Vigésimo Tercer Tribunal Colegiado en materia administrativa declararon, fundados sendos recursos de queja de la Secretaría de Salud, que que el Poder Judicial no puede modificar el plan trazado por el Ejecutivo.

Martín Santos Pérez, juez, ha concedido al menos 15 suspensiones de oficio a personas que han intentado recibir la vacuna.

Quienes han tratado de echar mano de este recurso no son médicas, médicos, ni enfermeros, sino personas que tienen más de 65 años o padecen enfermedades crónicas.

Santos Pérez consideró, a la hora de dar su resolución, que el Gobierno debe ceñirse a lineamientos de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y no aplicar una política “simplista”, y dar prioridad sólo por edad, sin tomar en cuenta los padecimientos de las personas.

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Los seis magistrados que revisaron la sentencia rechazaron el criterio del juez por unanimidad. Los fallos de los Tribunales Colegiados son inapelables.

“La Ley de Amparo establece que se siguen perjuicios al interés social, de concederse la suspensión, entre otros supuestos, cuando se impida la ejecución de medidas para combatir epidemias de carácter grave. Si bien el precepto hace referencia al verbo impedir, por mayoría de razón debe ser entendido en el sentido de que también cualquier modificación a las medidas para combatir las epidemias de carácter grave, en los términos en que fueron fijadas por la autoridad, trae como consecuencia que se sigue perjuicio a la colectividad“, explicó el primer Tribunal Colegiado.

Una de las suspensiones fue otorgada a a María Estela Alvarado, adulta mayor con hipertensión quien solicitó la vacuna. Sin embargo, los magistrado dijeron que esta resolución permitiría a Alvarado “saltarse la fila” y que esto iba en detrimento del personal médico.

“Las acciones para prevenir y disminuir la transmisión del virus no recaen exclusivamente en las autoridades, sino también en los gobernados, quienes tienen la responsabilidad de atender las medidas de mitigación, como no salir de casa si no es necesario, evitar lugares con aglomeración de personas, utilizar el cubrebocas, entre otras”, determinaron.

El Plan Nacional de Vacunación contempla la inoculación del personal que se encuentra en la primera línea de batalla del COVID, a partir de marzo se vacunaría a personas de 60 años o más, en abril a personas de entre 50 y 59 años, hasta llegar a las personas menores de 40 en 2022.

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