CIUDAD DE MÉXICO, 16AGOSTO2016.- Rubén Núñez líder de la sección 22 de Oaxaca, Enrique Enríquez líder de la sección 9 del Distrito Federal, Adelfo Alejandro Gómez dirigente de la sección 7, Victor Manuel Zavala, líder de la sección 18  y Reyes Ramos, dirigente de la sección 14 de la CNTE a  su llegada a las instalaciones de la Secretaría de Gobernación donde sostendran un dialogo con autoridades de la dependencia para resolver el conflicto magisterial.
FOTO: SAÚL LÓPEZ /CUARTOSCURO.COM

Tras enfrentar proceso penal por lavado de dinero, SCJN niega amparo a ex líder de la CNTE

La SCJN aclaró que el lavado de dinero no necesariamente está vinculado al crimen organizado, ya que la propia Procuraduría General de la República acusó a Núñez de lavar 132 millones de pesos

Luego de que Rubén Núñez, ex secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y uno de los líderes de la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), enfrentara un proceso penal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo al mismo.

Fue por unanimidad que la Sala de la SCJN declaró constitucional el artículo 400 bis, fracción I, del Código Penal Federal, mismo que el ex líder de la CNTE impugnó a través de un amparo indirecto.

Sin embargo, la SCJN rechazó amparar a Rubén Núñez, quien enfrenta un juicio desde hace tres años por lavado de dinero y operaciones con recursos de procedencia ilícita, así como aportaciones financieras a la sección 22 con el mismo dinero.

La orden de aprehensión dictada contra Núñez, en 2016, fue impugnada por él alegando que el segundo párrafo, de dicho artículo y numeral, expresaba “algún delito”, con lo que se violaba el principio de tipicidad debido a que era vaga e imprecisa.

Núñez también argumentó, por medio del amparo indirecto en contra del auto de formal prisión que le dictó el Primer Tribunal Unitario en Materia Penal de la Ciudad de México, que ese artículo tuvo su origen para combatir el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, es decir, el crimen organizado, la trata de personas y el tráfico de armas.

“Hoy en día, su espectro de tutela es más amplio, pues atiende igualmente a delitos vinculados con la seguridad de la nación, la estabilidad y sano desarrollo de la economía nacional, la preservación de los derechos humanos y la seguridad pública”, alegó el maestro.

Por último, la SCJN aclaró que el lavado de dinero no necesariamente está vinculado al crimen organizado, ya que la propia Procuraduría General de la República acusó a Núñez de lavar 132 millones de pesos entre 2013 y 2015.

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