TEPJF ordena a partidos postular 7 mujeres a gubernaturas de 2021

Previamente, los magistrados determinaron revocar el acuerdo de paridad emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE)
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a los 10 partidos políticos nacionales postular al menos a 7 candidatas a gobernadoras en las elecciones de 2021.

Previamente, los magistrados determinaron revocar el acuerdo de paridad emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE), en el que se también se obligaba a los partidos a postular al menos a 7 candidatas a gobernadoras.

El TEPJF consideró que el INE excedió sus facultades, al violar el principio de reserva de ley.

Fue la magistrada Janine Otálora, quien pretendía modificar la determinación del INE al plantear que debían ser 8 candidaturas para mujeres, propuesta que fue rechazada por la mayoría.

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Al respecto, los magistrados Felipe Alfredo Fuentes e Indalfer Infante expusieron que a su juicio lo más que podía hacerse era un “exhorto” a los partidos a cumplir con ese número de candidatas mujeres.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, por mayoría de votos, se decidió echar para abajo el proyecto de sentencia de Otálora y el acuerdo del INE de establecer paridad de género en las candidaturas. Sin embargo, se acordó que los partidos sí debían ser vinculados.

Por lo tanto, con cuatro votos a favor, se decidió vincular a los partidos a postular a 7 mujeres, lo cual para efectos legales tiene un resultado similar a la propuesta del INE y la magistrada Otálora.

Debido a la energética discusión, hubo una confusión sobre si se votó por vincularlos o no a postular a siete mujeres en las 15 gubernaturas para las elecciones de 2021, por lo que se acordó revisar el sentido de la votación de cada magistrado, aunque se consideró como un resolutivo, hasta el momento.

TEPJF revoca acuerdo del INE

La Sala Superior dio la razón a quienes impugnaron las facultades del INE, al revocar el acuerdo impugnado (SUP-RAP-116/2020 y acumulados).

Los magistrados afirmaron que el hecho de que a la fecha no existan directrices por parte de la legislatura para la postulación paritaria en gubernaturas, no habilita a las autoridades electorales a imponer obligaciones a los partidos políticos, pues se trata de una cuestión que, constitucionalmente compete definir en exclusiva a los Congresos Estatales y al Congreso de la Unión.

Por lo que solicitaron a estos órganos legislativos que legislen y garanticen la paridad respecto de las gubernaturas en los próximos procesos electorales posteriores a los de 2021.

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