Suprema Corte rechaza penalizar posesión de marihuana salvo que no sea consumo personal

La SCJN precisó que deberán ser los fiscales y jueces los que aclaren si la marihuana es para consumo personal sin importar la cantidad

La tarde de este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó penalizar la posesión de marihuana a excepción de casos en los que se pueda probar que no es para consumo personal.

Lo anterior luego que la Suprema Corte declarar como inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de marihuana, o cannabis, salvo que no sea de un consumo individual.

De esta forma, la Primera Sala de la Corte reprobó, por tres votos contra dos, una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud (LGS), que desde 2009 solo permite la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal, pero castiga con diez meses a tres años de cárcel si excede esa cantidad.

A su vez, la SCJN precisó que deberán ser los fiscales y jueces los que aclaren si la droga es para consumo personal sin importar la cantidad, ya que de ser ese el caso la persona no podrá ser acusada penalmente.

Además, la mayoría de los Ministros determinaron que los criterios contenidos en esta sentencia no serán de cumplimiento obligatorio para los jueces, pero lo mas probable es que la gran mayoría se ajustaran a ellos, pues los libran de tener que procesar casos menores de posesión de cannabis.

De hecho, los Ministros Norma Piña y Jorge Pardo votaron en contra, por una cuestión técnica, ya que la porción del articulo 478 a la que se refiere la sentencia, no fue impugnada específicamente por el quejoso en su demanda de amparo.

Pero la Corte de todos modos entro al tema, por medio de la figura de la suplencia de la queja, que le permite mejorar los argumentos en los amparos que presentan los acusados por un delito.

Asimismo, de acuerdo con México Unido contra la Delincuencia, lo que se necesita es eliminar por completo es el delito de posesión simple de marihuana para evitar la discrecionalidad con que una autoridad puede decidir sí es para consumo personal o no.

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Cabe recordar que el colectivo Plantón 420 realizó una protesta pacífica frente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación tras la votación de la inconstitucionalidad de la portación simple de la cannabis.

De esta manera se desestima poner un límite a las cantidades de marihuana que una persona pueda traer consigo, siempre y cuando sea para uso personal.

Al respecto, organizaciones civiles pidieron una revisión de fondo para evitar criminalizar a los usuarios que consumen cannabis.

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