SCJN avala objeción de conciencia; personal médico puede negarse a practicar aborto

El máximo tribunal reconoció el derechos de las y los médicos a negarse a practicar el aborto y procedimientos que atenten contra sus principios
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
Comparte esta nota

Las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron este lunes el derecho del personal médico a la objeción de conciencia, por lo que puede negarse a practicar aborto.

Dicha figura señala que las personas en el sector salud pueden negarse a practicar procedimientos que contravengan sus creencias y principios, pues ninguna persona puede estar obligada a hacer algo que no quiere.

El único escenario en que el personal está obligado a realizar la interrupción legal del embarazo es cuando la vida de la madre se encuentre en riesgo o represente una urgencia médica.

Cabe mencionar que la Corte no ha hecho la votación definitiva, pero la mayoría del pleno ya ha adelantado que validará el derecho a la objeción de conciencia. La próxima sesión, donde se llevará la votación, será hasta el próximo lunes 20 de septiembre.

Durante la discusión de este lunes, siete ministros respaldaron la propuesta del ministro ponente Luis María Aguilar Morales, quien elaboró el proyecto para reconocer la objeción de conciencia como un derecho.

El ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, reprochó que se pueda argumentar la libertad religiosa como un elemento para llevar a cabo el procedimiento.

Sin embargo, la mayoría de las y los ministros coincidieron que en la objeción de conciencia no atenta contra el derecho a la salud de las personas, pues es el Estado mexicano, y no el personal de salud, quien debe cumplir esta garantía.

Lee también: SCJN resuelve que es inconstitucional que estados reconozcan “la vida desde la concepción”

Cabe recordar que la semana pasada, las y los ministros emitieron dos resoluciones históricas a favor del aborto y del derecho de las mujeres para decidir sobre sus propios cuerpos.

La primera fue establecer la inconstitucionalidad de criminalizar el aborto en todo el país, por lo que ninguna mujer deberá ir a prisión por interrumpir su embarazo.

Además, en otra sesión, el máximo tribunal también determinó que es inconstitucional que los congresos locales reconozcan “la vida desde la concepción”.

YouTube video player

Show Player
Síguenos en Google News para estar al día
Salir de la versión móvil