CIUDAD DE MÉXICO, 11ABRIL2019.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Pleno, determinó que es constitucional que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Tlaxcala no exija como requisito para quienes aspiren a acceder al cargo de Comisionado del Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de esa entidad, el contar con título profesional de licenciado en derecho o en ciencias sociales. Ello en virtud de que dicha obligación no se encuentra en la Constitución Federal, además de que la especialización de dicho organismo se garantiza porque sus titulares deben poseer conocimientos inherentes a las materias de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, adquiridos a través de la experiencia en esas ramas, ya sea dentro del sector público o en la academia.
FOTO: SCJN /CUARTOSCURO.COM

Rechaza SCJN violación al proceso legislativo en Ley de Remuneraciones

La SCJN desestimó el argumento sobre violaciones en el proceso legislativo para la aprobación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó el argumento de que hubo violaciones en el proceso legislativo para que la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos fuera aprobada.

En un comunicado, se informó que no se alcanzó la mayoría calificada de ocho votos para poder invalidar la legislación, como lo propuso el ministro Alberto Pérez Dayán.

Seis Ministros se pronunciaron en favor de invalidar la totalidad del Decreto por el que se expidió la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, por estimar que hubo violaciones graves al proceso legislativo que le dio origen, sin embargo, al no haberse alcanzado la mayoría calificada de al menos ocho votos, el asunto se desestimó en este punto; es decir, no será tomado en consideración y la SCJN no hará pronunciamiento al respecto, explica el comunicado.

Además se informó que la discusión de este asunto continuará el próximo lunes, para determinar si existen o no omisiones legislativas, que impliquen la invalidez de todo el decreto.

En caso de que no se alcance la votación necesaria para invalidar –añade– “todo el decreto por la razón expuesta, se entraría al análisis de los argumentos formulados respecto de los artículos que no fueron sobreseídos”.

El estudio de las acciones de inconstitucionalidad fue promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y un grupo de Senadores, donde se expone que no se habría respetado lo dispuesto en el artículo 72 constitucional ni lo que establece el reglamento de la Cámara de Diputados.

La minuta con proyecto de decreto – según las acciones promovidas contra ella– no habría sido dictaminada en el mismo período ordinario de sesiones en que fue presentada.

De acuerdo con los ministros de la mayoría, en 2009 se ordenó crear la Ley de Remuneraciones, pero el Senado la envió, aprobada y dictaminada, a la Cámara de Diputados hasta el 2011.

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