Prisión preventiva: el partido definitorio en la Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación enfrenta un momento histórico para el país en donde tendrá que definir una serie de temas que no solo han causado gran polarización y polémica como la prisión preventiva, la reforma político electoral y la incorporación de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional
Ernesto Santillán Ernesto Santillán Publicado el
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A dos meses de que un primer proyecto sobre la prisión preventiva oficiosa no lograra consenso en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el ministro Luis María Aguilar presentó uno nuevo con el que se reanuda un debate que podría transformar el proceso de impartición de justicia en México.

El contexto reviste un interés particular, pues podría ser de las últimas discusiones de gran calado con el ministro Arturo Zaldívar como presidente de la Corte y del Poder Judicial antes de que se consume su relevo a finales de este año.

Junto a este tema, Zaldívar, a quien se le ha considerado cercano al presidente López Obrador, aún podría encabezar la definición sobre la constitucionalidad de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, así como la discusión sobre la legalidad de los cambios a las Leyes Secundarias en materia electoral tras el fallido intento de reformar la Constitución para desaparecer el Instituto Nacional Electoral.

Sin embargo, en estos momentos en donde todos los mexicanos tienen puesta la mira en el Mundial de Qatar, el ministro presidente de la Corte, levantó la sesión en la que se discutía el nuevo proyecto del ministro Aguilar Morales sobre la Prisión Preventiva Oficiosa y citó a los 11 integrantes del pleno para que el próximo jueves continúe el debate.

La figura legal consagrada bajo el artículo 19 de la Constitución obliga a los jueces a imponer prisión preventiva oficiosa a todas las personas que sean acusadas de determinados delitos, lo que ha llevado a múltiples violaciones de sus derechos humanos como la presunción de inocencia, el debido proceso y la igualdad ante la ley

Derechos humanos en juego

Ante la posibilidad de reformular la figura de la prisión preventiva oficiosa, múltiples voces que van desde el presidente Andrés Manuel López Obrador y la Comisión Nacional de Derechos Humanos hasta expertos en la materia y organizaciones civiles, han dado diversos argumentos y puntos de vista tanto a favor como en contra.

El cinco de septiembre pasado, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), exhortó urgentemente a México a anular la prisión preventiva obligatoria, llamada también “prisión preventiva oficiosa” o “automática”.

“La prisión preventiva oficiosa es contraria a las garantías internacionales de protección de derechos humanos, como lo ha indicado la jurisprudencia del Grupo de Trabajo en múltiples ocasiones” dijo Miriam Estrada-Castillo, Presidenta-Relatora del Grupo de Trabajo.

Aunado a esto, explicó que esta figura legal consagrada bajo el artículo 19 de la Constitución, obliga a los jueces a imponer prisión preventiva oficiosa a todas las personas que sean acusadas de determinados delitos, lo que ha llevado a múltiples violaciones de sus derechos humanos, como la presunción de inocencia, el debido proceso y la igualdad ante la ley.

“La prisión preventiva oficiosa es, igualmente, contraria a la independencia judicial y al deber de fundamentar jurídicamente los motivos de la detención, también pone en grave riesgo el derecho a la integridad personal y la garantía de no ser víctima de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes. A pesar de que la prisión preventiva oficiosa sea establecida en la ley, ello no garantiza que no sea arbitraria”
Miriam Estrada-CastilloPresidenta-Relatora del Grupo de Trabajo de la ONU

“Una de las más serias consecuencias de la prisión preventiva obligatoria ha sido el que muchos mexicanos pasen más de una década privados de su libertad a la espera de un juicio, sin sentencia y en condiciones de grave riesgo a sus vidas e integridad personal. Esto además contribuye al hacinamiento carcelario,” argumentó la Dra. Estrada-Castillo.

Debilitar las instituciones

Por su parte, el Dr. Ricardo Ortega Soriano, director del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, explica mantener la prisión preventiva oficiosa en México manda incentivos que no contribuyen a fortalecer las instituciones de procuración e impartición de justicia.

“Cuando se parte de la premisa de que una persona tiene que ir a la cárcel por el simple hecho de ser señalada como responsable de un delito -lo que sucede con la prisión preventiva oficiosa-, no se apuesta a una política de investigación criminal seria, basada en las mejores prácticas internacionales y, sobre todo, que respete los estándares internacionales de derechos humanos.

“En el presente contexto general de políticas de seguridad del Estado, prosiguió, es muy importante no apostarle a ese tipo de medidas de corte punitivo, y sí hacerlo por aquellas medidas que respeten la garantía de los derechos humanos y aseguren procesos justos. La prisión preventiva oficiosa viola derechos como la libertad personal, a la presunción de inocencia y al debido proceso legal”.

Establecen postura sobre la prisión preventiva

Al presentar su nuevo proyecto sobre la prisión preventiva oficiosa, el ministro Luis María Aguilar Morales planteó que la concepción de esta figura debe entenderse como una pena adelantada y violatoria a los derechos humanos incluso para las víctimas.

No obstante, aclaró que su propuesta no significa la desaparición de la prisión preventiva ni la liberación inmediata de las personas sujetas a la figura.

Para el ministro Mario Pardo Rebolledo, la propuesta del ministro Aguilar sería contraria a la jurisprudencia de la SCJN sobre derechos humanos contradictorios a la Constitución.

Señaló que comparte las conclusiones, pero no las consideraciones del proyecto sobre Prisión Preventiva Oficiosa.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa, dijo que la Prisión Preventiva Oficiosa no atenta contra la presunción de inocencia y no existen contradicciones en la Constitución; sin embargo, advirtió que dejar sin efectos esta figura contemplada en el artículo 19 de la Constitución es lo mismo que “inaplicar”, pues el proyecto rebasa los límites de la SCJN e incurre en errores metodológicos.

El ministro Juan Luis González afirmó que como medida automática, no tiene sustento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; sin embargo, anunció su voto a favor de una interpretación sistemática favorable al principio pro persona.

El ministro Alberto Pérez Dayán opinó que no está en contra de la prisión preventiva “que es una medida cautelar muchas veces indispensable y protectora de las víctimas y de la sociedad, por lo que no se piensa ni se propone desaparecerla”, sostuvo. Refirió que tiene que ser una medida cuidadosa de los derechos humanos.

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