Pide CIDH a México no ampliar catálogo de delitos donde se aplica prisión preventiva

Entre los delitos que se busca sumar a la prisión preventiva de manera inmediata se encuentra el abuso sexual contra menores, la desaparición forzada y desaparición cometida por particulares

La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) hace un llamado a la Cámara de Diputados a no aprobar la iniciativa de ley que incrementa la lista de delitos que ameritan prisión preventiva de oficio, ya que atenta contra la presunción de inocencia.

Esto debido a que los legisladores de la Cámara baja discutirán en el próximo periodo extraordinario de sesiones del Congreso el proyecto de decreto que busca reformar el artículo 19 constitucional a fin de incrementar la lista de delitos, el cual ya fue aprobada el pasado 6 de diciembre por el Senado, informó la Comisión en un comunicado.

Entre los delitos que se busca sumar a la prisión preventiva de manera inmediata se encuentra el abuso sexual contra menores, la desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, robo a transporte en cualquiera de sus modalidades, uso de programas sociales con fines electorales, además de delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.

No obstante, la CIDH explica que la aplicación de la prisión preventiva obligatoria en razón del tipo de delitos constituye no sólo una violación al derecho a la libertad personal protegido por la Convención Americana, sino que convierte a la prisión preventiva en una pena anticipada.

“A fin de que el régimen de prisión preventiva resulte compatible con los estándares internacionales en la materia, su aplicación debe partir de la consideración al derecho a la presunción de inocencia, tener en cuenta su naturaleza excepcional y regirse por los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad”, explicó.

Además de urgir a los legisladores a no aprobar está reformar, también la CIDH hace un llamado al estado mexicano a eliminar la inexcarcebilidad de los delitos, contemplada en el segundo párrafo del artículo 19 constitucional.

“No existe evidencia empírica que demuestre que las políticas que se sustentan en mayores restricciones al derecho de la libertad personal tengan una incidencia real en la disminución de la criminalidad y la violencia”, dijo Esmeralda Arosemena de Troitiño, relatora para México, citada en el texto.

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