Mujer sufre amputación de un dedo en L3 del Metro tras accidente con puerta

La mujer tuvo que ser trasladada a un hospital privado para continuar con un tratamiento
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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Una mujer sufrió un altercado mientras viajaba en el Sistema de Transporte Colectivo (STC) de la Ciudad de México y le tuvieron que amputar el dedo tras atorarse en la puerta de un vagón del Metro.

Los hechos ocurrieron alrededor de las 19:00 horas del viernes 18 de noviembre en la estación Centro Médico de la Línea 3.

De acuerdo con los reportes, la mujer viajaba en el segundo vagón, destinado a las mujeres, cuando se le atoró la mano en la puerta del tren y uno de sus dedos quedó atorado con el mecanismo automático de la puerta.

Al percatarse de la situación, se activó la palanca de emergencia y personal del Metro ordenó detener el tren para encontrar la falange desprendida del dedo pulgar de la mujer, pero lamentablemente no lograron encontrarla.

En simultáneo se alertó al policía de la estación para que auxiliara a la víctima.

Al lugar arribaron paramédicos que atendieron a la usuaria de manera preliminar en la propia estación del Metro.

Finalmente, la mujer, que no fue identificada, fue trasladada por los servicios de emergencias hacia un hospital particular para ser atendida.

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A través de redes sociales, circularon imágenes de la mujer siendo atendida por servicios de emergencia.

​¿Qué hago si tengo un accidente en el Metro?

El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México en su artículo 46 establece que todas las unidades que prestan el servicio de transporte público tienen la obligación de contar con una póliza de seguro que proteja a los usuarios que van a bordo de la unidad.

La aseguradora debe otorgar la atención médica o en su caso reembolsar los servicios de un hospital o médico distinto al asignado por la aseguradora.

Los gastos cubiertos son intervención quirúrgica, hospitalización, enfermería, ambulancia, prótesis y medicinas.

También debe de cubrir los siguientes gastos:

  • Indemnización por incapacidad parcial o temporal, incapacidad parcial o total permanente.
  • Gastos funerarios e indemnización por muerte.

La aseguradora se obliga a pagar hasta por la cantidad indicada para esta cobertura, al beneficiario de la persona que fallezca a bordo del vehículo o a terceros, cuando sea a consecuencia de un accidente.

Las cantidades que puede percibir una persona accidentada varían según las circunstancias de cada caso.

En caso de ser posible, te recomendamos que tomes nota de las placas, número de unidad y nombre del conductor.

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