La revuelta contra el etiquetado de alimentos y bebidas

La Secretaría de Economía está enfrentando 162 demandas legales que buscan nulificar los cambios normativos que sustentan el nuevo etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que entró en vigor en 2020, sin embargo, reservó la identidad de los demandantes y de las empresas o instancias que representan
Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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El nuevo etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, que implementó el Gobierno federal, continúa despertando resistencias en una parte del sector empresarial, lo cual se ha traducido en 162 demandas legales interpuestas contra la Secretaría de Economía.

“Se informa al solicitante que esta Dependencia cuenta con un total de 162 demandas en contra de la Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2020”, así lo confirmó esta Secretaría vía transparencia.

Los corporativos que se encuentran inconformes con estos cambios normativos, han emprendido dos tipos de acciones jurídicas contra la Secretaría de Economía.

“Del total de las 162 demandas que se mencionan, 135 son demandas de amparo, las cuales están radicadas en distintos Juzgados y Tribunales en materia administrativa del Poder Judicial Federal, y 27 son demandas de nulidad, interpuestas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa”.

En esta respuesta elaborada por la coordinadora de lo Contencioso de dicha dependencia, Ana Catalina Espino del Castillo Gómez (folio: 330025922000143), se señala que la defensa jurídica del etiquetado frontal continúa en marcha, pues todas las acciones jurídicas que se han promovido contra la Secretaría se encuentran actualmente bajo desahogo y, por lo tanto, sin una resolución definitiva

“Aunado a lo anterior, se menciona que en las 162 demandas con las que cuenta esta dependencia, se demanda a la Secretaría de Economía y/o a sus unidades administrativas, asimismo, dichos medios de impugnación se encuentran pendientes de resolver de manera definitiva, al encontrarse aún en trámite o, en su caso, dichas resoluciones definitivas aún no se encuentran firmes, de conformidad con las leyes respectivas”.

El 1 de octubre de 2020, cuando entró en vigor el nuevo etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, el Gobierno de México destacó sus beneficios.

“Esta herramienta permitirá conocer si el contenido —en términos de calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas trans y sodio— rebasa los niveles adecuados para mantener la salud; es decir, empoderará a las y los consumidores para la toma consciente de decisiones, a fin de reducir los niveles de obesidad y sus consecuencias sobre la morbimortalidad que produce la diabetes, el cáncer, la hipertensión, las enfermedades cardiovasculares y también COVID-19”.

Demandantes, bajo reserva

La Secretaría que encabeza Tatiana Clouthier Carrillo clasificó como información reservada múltiples datos de las demandas que se han presentado en su contra por el etiquetado frontal de alimentos y bebidas, incluyendo la identidad de quienes interpusieron estas acciones jurídicas, así como las “empresas o instancias” que representan.

De igual forma la Secretaría de Economía se omitió informar sobre los agravios específicos que se exponen en las demandas y si en estas se están haciendo reclamos de daños económicos, entre otros aspectos solicitados

La reserva de la información se justificó aduciendo que su entrega podría afectar la estrategia jurídica de la dependencia en tribunales.

“De entregar la información requerida en la solicitud de acceso a la información que nos ocupa, consistente en los datos de identificación de los juicios de amparo y juicios contencioso administrativos, así como los argumentos y consideraciones vertidos en los mismo, se perjudicaría la capacidad de preparación de los casos y las posturas de la defensa de esta Secretaría de Economía, frente a las demás partes involucradas”.

En última instancia, señaló la dependencia, lo que está en juego es el derecho de la sociedad a contar con información nutrimental que resulte confiable.

“Los intereses de la Secretaría de Economía se verían afectados por las demandas de los particulares que pudieran generar perjuicios adicionales, así como afectar sectores económicos y sociales que son materia y temas de las diversas controversias.

“Aunado a que, se afectarían directamente los intereses de la población mexicana en materia de salud, sobrepeso, obesidad y de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas, vinculado a su derecho como consumidores de acceder a información clara y veraz que les permita realizar decisiones de consumo, siendo éstas la materia de la Litis de los diversos juicios de amparo y juicios contencioso administrativos”.

Megaaseguramiento por etiquetado

Este 13 de abril de 2022, el Gobierno de México informó que había asegurado más de 10 mil productos por el incumplimiento al etiquetado que ahora exige la normatividad del país. El operativo lo implementaron conjuntamente la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

“Realizaron visitas de verificación a supermercados en la Ciudad de México, donde fueron inmovilizados 10 mil 075 productos nacionales e importados como medida precautoria por incumplir la norma NOM-051 y su modificación para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados”, señala el comunicado.

Las autoridades federales puntualizaron que estos productos fueron asegurados porque presentan irregularidades en su etiquetado, tales como omitir el sello de exceso calorías o exceso azúcares, omitir leyendas de alérgenos y las asociadas al contenido de cafeína y edulcorantes, presentar imágenes interactivas en productos con sellos de advertencia o etiquetado derogado”.

Tanto la Cofepris como la Profeco señalaron que “los sellos de advertencia nutrimental deben estar situados al frente de los empaques”, pues, de lo contrario, cuando los sellos están colocados en una posición lateral o posterior del producto “puede tener el propósito de invisibilizar contenidos no saludables o engañar a las y los consumidores sobre las propiedades nutrimentales de los artículos”.

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