Invocan mandato real

A partir de una cédula real que data del año 1530, el legislador de Morena José Alfonso Suárez del Real pretende frenar la construcción de la torre de 50 niveles que se proyecta junto al Cetram Chapultepec.

Con ese antecedente histórico, el diputado de la Asamblea Legislativa promovió un amparo en el juzgado décimo tercero de Distrito en Materia Administrativa en el que solicita la protección de la justicia federal.

Icela Lagunas Icela Lagunas Publicado el
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El 18 de mayo de 2016, el grupo parlamentario de Morena presentó a la Comisión Permanente de la ALDF un punto de acuerdo referente al proyecto denominado Cetram-Chapultepec
“Toda vez que (el Cetram) se pretende llevar a cabo en un área que se encuentra debidamente protegida por documentos Reales y Decretos expedidos por los jefes del Poder Ejecutivo, tanto a nivel Local como Federal”
AmparoPromovido por el diputado José Alfonso Suárez del Real
El amparo denuncia que se pretende construir en un terreno del Bosque de Chapultepec sin documento que autorice al Gobierno de la CDMX a darle un uso diferente al protegido desde 1934 en la leyes federales

A partir de una cédula real que data del año 1530, el legislador de Morena José Alfonso Suárez del Real pretende frenar la construcción de la torre de 50 niveles que se proyecta junto al Cetram Chapultepec.

Con ese antecedente histórico, el diputado de la Asamblea Legislativa promovió un amparo en el juzgado décimo tercero de Distrito en Materia Administrativa en el que solicita la protección de la justicia federal.

Suárez del Real encabeza a un grupo de vecinos que alegan que dichos terrenos son propiedad del pueblo con base en la donación que hizo la reina Juana Castilla y Aragón el 25 de junio de 1530.

Pero no sólo eso, la embestida de Morena rastrea hasta dónde llega la participación de Monex en el Fideicomiso Irrevocable F/2125.

El hilo conductor es un aviso de realización de obras correspondiente a las delegaciones Cuauhtémoc y Miguel Hidalgo, folio A001/CETRAM, que ingresó el representante legal del Fideicomiso F72125, Tomás Alejandro Orozco Ramírez, quien dio como domicilio Paseo de la Reforma 284, colonia Juárez, mismo que tiene por oficinas Grupo Monex.

En la descripción de dicho documento, ingresado el 19 de mayo de 2015, se da cuenta del aviso de obras preliminares a ejecutar para la reubicación de paraderos provisionales del Cetram Chapultepec, cuyos trabajos contemplan la adecuación y acondicionamiento de 4 áreas de transferencia modal provisional.

Patrimonio de la ciudad

El argumento central del diputado José Alfonso Suárez del Real está en el amparo, en el que acusa abiertamente que el proyecto Cetram Chapultepec es violatorio de los derechos de los habitantes de la Ciudad de México.

“Toda vez que se pretende llevar a cabo en un área que se encuentra debidamente protegida por documentos Reales y Decretos expedidos por los jefes del Poder Ejecutivo, tanto a nivel Local como Federal”, dice el documento.

Además de que en ningún momento dicho proyecto fue sometido a consulta de los habitantes de la Ciudad de México. 

El 18 de mayo de 2016, el grupo parlamentario de Morena presentó a la Comisión Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal un punto de acuerdo referente al proyecto denominado Cetram-Chapultepec.

Para el Cetram se contempla la construcción de una torre de 50 pisos, a unos 400 metros al nororiente del Cerro de Chapultepec y a unos 20 metros de la fachada norponiente del edificio Art Decó de la Secretaría de Salud.

“Constituyendo un atentado contra el patrimonio arqueológico,  histórico y cultural de la primera sección del Bosque de Chapultepec y la imagen urbana de la Ciudad de México.

“Toda vez que se pretende modificar la imagen urbana del Cerro de Chapultepec, esto es, desde la perspectiva de la Av. Chapultepec y el Paseo de la Reforma y anular la vista del edificio de la Secretaría de Salud”, plantea el amparo.

El documento abunda que se pretende construir en un terreno del Bosque de Chapultepec sin documento alguno que autorice al Gobierno de la Ciudad de México a disponer del uso del suelo de este bosque, para otro uso que no sea el que ya tiene protegido desde 1934 en la leyes federales de Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas (1972), contraviniendo con ello, la legislación que protege el Patrimonio Cultural de la Nación y el desarrollo urbano de esta Ciudad.

La cédula y la reina.

El 25 de junio de 1530, la reina Juana I dirige una Cédula Real a la Audiencia de la Nueva España. El contenido de la misma se reprodujo en el amparo interpuesto en el juzgado por José Alfonso Suárez del Real.

“La reina. Presidente e oidores de la Nuestra Audiencia y Chancillería Real de la Nueva España: Bernardino Vázquez de Tapia y Antonio de Carvajal, procuradores de la dicha Nueva España, en nombre de la dicha ciudad de Tenochtitlan-México, nos hicieron relación que en la merced que hicimos al marqués del Valle de sus vasallos se incluye el cerro donde nace la fuente de agua dulce con las tierras y árboles que son alderredor, y que si el dicho marqués goza del dicho cerro y fuente, la dicha ciudad recibe mucho daño porque es muy necesario para sus términos y ejidos.

“Por ende que nos suplicaba e pedía por merced que mandásemos que en cuanto al dicho cerro y fuente no usase de la dicha merced y la dejase para la dicha ciudad o como la mi merced fuese.

“Por ende, yo vos mando que si en lo que esta concedido al marqués se incluye la fuente de Chapultepec, que ejecutéis la dicha merced quedando la dicha fuente y uso della libre para la dicha ciudad de México sin que se impida ni pueda impedir direti ni indireti ahora ni en ningún tiempo que todo lo que para este efecto fuese menester que quede de los dichos heredamientos a la dicha ciudad se lo dejéis, lo cual os mandamos que proveáis con el menos daño que ser pueda de las heredades contenidas en la merced del dicho marqués. Fecha en Madrid, a veinte y cinco días del mes de junio de mil e quinientos y treinta años. –Yo, la reina.- Por mandado de Su Majestad.- Juan de Sámano. (Rúbrica). – Corregido Francisco Carrelbo (Rúbrica)” (sic) énfasis propio”.

Del contenido de la Cédula Real transcrita se advierte que desde el principio del “Ayuntamiento de México” existía la necesidad de que los manantiales de Chapultepec no estuvieran en poder de ningún particular, cuyas especulaciones podrían impulsarlo a la tala de los árboles, extraer la piedra o cualquier otra operación que cegara los venederos de las albercas.

“El bosque de Chapultepec pertenece al pueblo y no al gobierno”, insisten en señalar en el amparo para frenar el proyecto.

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