Instituciones con actividades esenciales deberán atender solicitudes de información: INAI

Para saber con certeza qué está pasando durante la contingencia por coronavirus, el INAI determinó que las dependencias que realizan actividades esenciales deberán responder solicitudes de información, recursos de revisión, de inconformidad y de atracción

Las dependencias que realizan actividades esenciales deberán responder solicitudes de información y de protección de datos personales durante la contingencia por coronavirus.

Así lo determinó por unanimidad el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

“Es porque ellos tienen en sus manos la información que reclama la ciudadanía para poder saber con certidumbre qué está pasando”, señaló Francisco Javier Acuña Llamas, comisionado presidente del INAI.

El comisionado presidente aclaró que esto no implica que los servidores públicos de las dependencias o del INAI tengan que trabajar de manera presencial en sus oficinas, sino será a distancia, en atención a las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

En la sesión virtual se determinó que para los sujetos obligados que tengan actividades consideradas como no esenciales, el periodo de suspensión de plazos para atender las solicitudes, los recursos de revisión, de inconformidad y de atracción, será hasta el 30 de mayo.

En el acuerdo aprobado, se establece que el INAI deberá dar trámite a los medios de impugnación, así como a cualquier otro procedimiento legal que derive de la activación de los plazos señalados.

“Ante el contexto de emergencia sanitaria que actualmente vivimos, la información verídica y oportuna puede salvar vidas, en ese sentido, este instituto ha valorado las circunstancias que prevalecen conforme ha ido programando y progresando la contingencia sanitaria”, señaló la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena.

Lee: Detiene INAI solicitudes e impugnaciones hasta el 30 de abril

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