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INE exige a AMLO retirar mañanera del lunes por violar veda de consulta popular

De acuerdo con el INE, en dicha conferencia matutina el presidente violentó la veda de la consulta popular

Este miércoles, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) envió un exhorto a Andrés Manuel López Obrador (AMLO) en el que ordenó retirar la mañanera del lunes 19 de julio.

De acuerdo con las autoridades electorales, en dicha conferencia matutina se violentó la veda de la consulta popular con la participación de la subsecretaria del Bienestar, Ariadna Montiel, quien presentó el programa de pensión para adultos mayores.

Esto produjo que el Partido Acción Nacional (PAN) interpusiera una queja en contra de AMLO y de quien resultara responsable de la conferencia del lunes.

Apuntaron que dicho día se habló de programas sociales a pesar de estar en veda desde el pasado 15 de julio por la consulta popular que se realizará este próximo 1 de agosto.

Ante ello, se dio razón al partido y se concedió la medida cautelar para ordenar el retiro de dicha conferencia de todas las plataformas del gobierno federal, así como un exhorto al presidente López Obrador.

Esto se produce después que la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Presidente incurrió en propaganda gubernamental y violó la Constitución durante la conferencia matutina del 23 de diciembre de 2020.

Por ello pidió al presidente ajustar el contenido de la información que difunde en las “mañaneras”, por lo menos hasta la conclusión de la consulta popular del 1 de agosto próximo.

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Derivado de la conferencia del 23 de diciembre de 2020, se determinó que el presidente López Obrador incurrió en propaganda gubernamental al referirse de manera negativa a los partidos políticos de oposición y resaltar logros de gobierno en temporada electoral.

Esa “mañanera” fue denunciada por el PRD. En primera instancia se declaró como inexistencia de propaganda gubernamental en la Sala Regional Especializada; sin embargo, la Sala Superior del TEPJF, al analizar el caso, lo devolvió una revisión profunda.

Este lunes, la Sala Regional sometió a discusión y análisis el proyecto del magistrado Luis Espíndola y concluyó la existencia de propaganda gubernamental, lo cual violentó el principio de imparcialidad, equidad y neutralidad que debe existir en un proceso electoral marcado en la Constitución.

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