Guía legal para entender la despenalización del aborto en Oaxaca

El Congreso local aún debe modificar dos artículos de la Constitución de Oaxaca para que el aborto legal y gratuito se materialice en toda la entidad

El Congreso de Oaxaca hizo historia este miércoles al aprobar en lo general la despenalización del aborto hasta las doce semanas de gestación; la entidad es la segunda en hacerlo en todo el país, luego de la Ciudad de México.

Con 24 votos a favor y 10 en contra, las y los legisladores dieron el sí al proyecto de decreto para modificar y adicionar diversos artículos y fracciones del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

El antes y después de la ley

La ley no reformada señala en el artículo 112 que el aborto “es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”.

Mientras que la nueva reforma concibe al aborto como “la muerte inducida del producto de la concepción después de la décima segunda semana de gestación”.

Esto quiere decir que durante los tres primeros meses, aproximadamente, el embrión no posee las características fisiológicas para ser considerado una persona o ser que siente.

Ahora, la mujer que intencionalmente interrumpa su embarazo después de las doce semanas, deberá pasar de seis meses a dos años en prisión.

Sin embargo, fueron eliminados los agravantes para este delito. La ley sin reformar señala que la pena será hasta de cinco años de prisión si la mujer tiene “mala fama”, ha ocultado su embarazo o el producto es fruto de alguna “unión ilegítima”.

Estos agravantes fueron suprimidos por considerarlos retrogradas y machistas, pues es impreciso y discriminatorio definir si una mujer tiene o no “mala fama”.

Además, fue adicionado el artículo 316 para establecer que las mujeres que aborten por una causa natural comprobable, no recibirán sanción alguna.

Aquí el Código Penal sin reformar:

Aborto Oaxaca Codigo Penal No Reformado by Reporte Indigo on Scribd

El gran pero constitucional

Aunque el Congreso local logró la despenalización del aborto aún tiene pendiente reformar un par de artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

Específicamente el artículo 12 constitucional, el cual señala que la protección de la vida y el ser humano comienza desde la concepción.

“En el Estado de Oaxaca se protege y garantiza el derecho a la vida. Todo ser humano desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales hasta su muerte natural”, se lee en la constitución.

Las y los diputados van ahora por la modificación de este artículo para que señale que el Estado garantiza el derecho a la vida humana desde el momento en el producto es considerado persona; es decir, después de las 12 semanas de gestación.

Se espera que, en los próximos días, el Congreso apruebe por mayoría los cambios a la Constitución y la nueva ley empiece a opera en todo Oaxaca.

Aquí la reforma aprobada este miércoles:

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