La negativa para ser nombrado

Jair tiene la firme convicción de que la mujer es igual al hombre, y así deberían reflejarlo las normativas locales a la hora de establecer el orden de los apellidos de un hijo. Una reflexión que surgió luego de que personal del Registro Civil número 1 en Guadalajara les negó el registro de su hijo porque deben conservar el orden “armónico de la comunidad”, según expresó la autoridad.

“Si lo ven algunos como un cambio menor, para nosotros no es menor, es la posibilidad de que las madres puedan ser tratadas en igualdad de circunstancias que los padres en el Registro Civil”
Pedro KumamotoDiputado independiente, al defender su propuesta
El director del Registro Civil expresó que la sentencia dictada en diciembre pasado solo aplica para dicha pareja y no como un mandato que deba cumplirse en todos los casos
“En cuanto al orden de los apellidos con los que se registra el nombre de las personas, se advierte que no obstante a que actualmente la legislación estatal establece que éstos serán el paterno y materno, se observa que tal disposición no es restrictiva o discriminatoria”
Comisión de Puntos ConstitucionalesAl rechazar modificar el Código Civil

Jair tiene la firme convicción de que la mujer es igual al hombre, y así deberían reflejarlo las normativas locales a la hora de establecer el orden de los apellidos de un hijo. Una reflexión que surgió luego de que personal del Registro Civil número 1 en Guadalajara les negó el registro de su hijo porque deben conservar el orden “armónico de la comunidad”, según expresó la autoridad.

Estas determinaciones de la instancia municipal violan el derecho a la identidad y son consecuencia de una visión discriminatoria hacia el papel que juega la mujer en una relación familiar, relegando su maternidad a una inferioridad de representación con respecto a la pareja masculina.

Por eso el caso de Jair ha sido relevante en los últimos días, y el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD), una de las organizaciones más importantes en materia de derechos humanos en Jalisco, se pronunció respecto al caso, pidiendo a la autoridad municipal que tome cartas en el asunto.

“Sin lugar a dudas, negar el derecho que tiene la pareja a determinar el orden de los apellidos con argumentos de que así es la ‘costumbre’, no se sostiene jurídicamente ni en ninguna instancia jurisdiccional”, se lee en la misiva pública que dirigió CEPAD a Enrique Alfaro, alcalde de Guadalajara.

No es la primera vez que esta instancia tapatía niega tal derecho bajo el argumento de una mala interpretación del Código Civil, en el que se establece, únicamente, que el bebé registrado debe hacerlo con dos apellidos, considerados como paterno y materno.

Proceso de judicialización

Existe un precedente en el que una pareja logró que el Juez Quinto de Distrito en materia Civil de Jalisco resolviera su caso a favor, ordenando al oficial del Registro Civil que realizara el trámite conforme a los términos establecidos por la pareja, que solicitaba alterar el orden de los apellidos para que primero figurara el de la madre.

Esto se hizo en diciembre de 2016, aunque la autoridad cumplió tal sentencia hasta el 29 de junio pasado. La sentencia del juez sentó precedente y estableció que la negativa constituía una violación del derecho a la igualdad y no discriminación, así como del derecho de los padres para elegir el orden de los apellidos de sus hijos y su derecho a una identidad.

Aunque el director del Registro Civil, Enrique Cárdenas Huezo, expresó que tal sentencia sólo aplica para dicha pareja y no como un mandato que debía cumplirse en todos los casos que así lo quisieran, advirtiendo que si parejas futuras querían hacer lo mismo debían pasar por un proceso de judicialización del acto de registro de sus hijos.

El caso ya se encuentra en análisis y defensa de la regidora de Guadalajara por Movimiento Ciudadano, Guadalupe Morfín Otero, en su calidad de presidenta de la Comisión Edilicia de Derechos Humanos.

“Hemos iniciado pláticas con la Secretaría General del Ayuntamiento y con Enrique Cárdenas Huezo, director del Registro Civil de Guadalajara, para que se haga este cambio cultural porque sino estamos interpretando muy restringidamente el Código Civil dándole preferencia por encima del artículo primero constitucional, que nos pide que no haya ninguna discriminación y en este caso pudiera haber una discriminación”, dijo Morfín Otero a medios locales.

El ejemplo en la Suprema Corte

En octubre de 2016, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la obligación de un orden de apellidos como paterno principal y materno como secundario es un prejuicio que atenta contra las personas, pues discrimina y disminuye el rol que tiene la mujer en el ámbito familiar.

Luego de que se resolviera el amparo en revisión 208/2016, del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, que declaraba como inconstitucional el artículo 58 del Código Civil de la Ciudad de México.

Sólo tres entidades, Yucatán, Morelos y el Estado de México, permiten la libre elección del orden de los apellidos a los padres, a letra expresa en su códigos civiles locales. Aunque en la realidad todos están obligados a aceptar este cambio solicitado por los padres.

En Jalisco se mantiene un clima de tradicionalismo en la institución familiar, así lo evidenció el Congreso de Jalisco, que en marzo pasado rechazó la iniciativa del diputado local independiente, Pedro Kumamoto Aguilar, que pedía la reforma del artículo 61 y la derogación de los artículos 65 y 66, todos del Código Civil, por establecer una inequidad de género en la normativa civil.

El artículo 61 se reformaba de tal forma que al registrar una persona se respetaba “la voluntad de los progenitores, pudiendo ser simple o compuesto y los apellidos serán el del padre y el de la madre, cuyo orden de colocación podrán elegir en común acuerdo”.

Pero la iniciativa fue rechazada desde la Comisión de Puntos Constitucionales bajo el argumento de que ello ya estaba establecido en la ley, a decir de la diputada local por el PRI y presidenta de dicha comisión, Rocío Corona Nakamura.

De acuerdo con medios locales, aunque la iniciativa fue rechazada por la comisión legislativa, actualmente se encuentra en análisis en la Junta de Coordinación Política, pues Kumamoto insistió en que es la búsqueda de igualdad de derechos.

“No lo prohíbe expresamente pero tampoco lo deja claro, y no abre la posibilidad de manera clara para que el orden de los apellidos pueda ser elegidos por sus progenitores.

“Por eso insisto en que si lo ven algunos como un cambio menor, para nosotros no es menor, es la posibilidad de que las madres puedan ser tratadas en igualdad de circunstancias que los padres en el Registro Civil”, expresó Kumamoto.

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