¿Fuerzas armadas se encargarán de seguridad pública? SCJN ya analiza recurso

Se trata del acuerdo presidencial de mayo de 2020, en el que se precisa que las Fuerzas Armadas podrán actuar en tareas de seguridad pública
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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Este miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió enviar al Pleno del máximo tribunal del país la controversia constitucional presentada sobre el acuerdo que permite a las Fuerzas Armadas ejercer tareas de seguridad pública.

Se trata del acuerdo presidencial de mayo de 2020, en el que se precisa que las Fuerzas Armadas podrán actuar en tareas de seguridad pública, por lo que por decisión unánime de los integrantes de su Primera Sala se decidió remitirla al Pleno.

El proyecto que se discutiría fue elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat y en él se proponía avalar el acuerdo, por considerar que con esta acción el Poder Ejecutivo no invadió la esfera de atribuciones del Legislativo.

Sin embargo, por la importancia del asunto, los miembros de la Primera Sala de la Suprema Corte consideraron que era preciso que la decisión final sobre este asunto se tome en el Pleno, por la totalidad de los once integrantes de la SCJN.

Cabe recordar que en julio pasado, la segunda sala del máximo tribunal también decidió enviar al pleno un amparo sobre el mismo tema, donde una asociación civil impugnó la Ley de la Guardia Nacional.

Por su parte, la ministra Margarita Ríos-Farjat, presidenta de la Primera Sala de la SCJN, propuso que la ayuda que brindan las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública no viola la Constitución.

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Asimismo, el decreto presidencial establece que el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México podrán apoyar en trabajos de seguridad pública, “de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, hasta marzo de 2024, mientras se integra la Guardia Nacional.

La ministra Ríos-Farjat propuso que el decreto en discusión “no materializa una violación al principio de división de Poderes”, como lo argumentaron los legisladores de oposición al presentar la acción de inconstitucionalidad 90/2020.

Mientras tanto, los diputados de oposición consideraron que una medida de este tipo tenía que ser revisada y avalada previamente por el Poder Legislativo.

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