Estos son tus derechos si haces home office, según la Ley del Trabajo

Los empleados de home office tendrán nuevos derechos, como obtener los equipos electrónicos, así como pagos de luz e internet derivados de su trabajo

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de decreto para reformar la Ley Federal del Trabajo, con que los empleados que hacen home office tendrán acceso a nuevos derechos que sus empleadores estarán obligados a cumplir.

El dictamen reforma el artículo 311 y se adiciona el Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo, y modifica el significado de home office de la siguiente forma:

Y agrega, en el artículo 330, que las relaciones laborales deben desarrollarse en más del 40 por ciento del tiempo en el domicilio del trabajador, o el lugar que elija fuera de la oficina, para que pueda considerarse home-office.

Además, el cambio de trabajo presencial a home office debe ser voluntario; y las partes tendrán derecho a revertirlo a la modalidad tradicional.

Por otro lado, los derechos laborales deben ser los mismos que quienes van a la oficina, en el sentido de que no podrán recibir un sueldo menor por trabajar desde casa y deben obtener las mismas prestaciones de ley.

Estas son las obligaciones del patrón para los empleados que hacen home office

En primer lugar, el empleador deberá proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos de cómputo necesarios para el home office; así como sillas ergonómicas e impresoras, entre otros.

También deberán pagarlos salarios en las formas y fechas estipuladas tras recibir oportunamente el trabajo de los empleados.

Además, el patrón deberá pagar por los costos derivados del home office, como los servicios de telecomunicación (internet) y una parte proporcional de electricidad.

Asimismo, tendrán que implementar mecanismos para resguardar la seguridad de la información y datos personales de los trabajadores; así como respetar su derecho a la desconexión al término de su jornada laboral.

También deberán otorgarles seguridad social; así como capacitarlos para el uso de las tecnologías de la información y comunicación, especialmente a quienes transitan de una modalidad presencial a teletrabajo.

…Y estas serán las obligaciones del teletrabajador

No sólo los patrones estarán obligados a cumplir con las modificaciones a la Ley. Los empleados también tienen obligaciones específicas, a saber:

Proteger, cuidar y conservar los equipos, materiales y útiles que reciben del empleador; así como informar sobre los costos pactados de internet y electricidad derivados del trabajo en casa.

También deberán atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos que la empresa designe para supervisar sus actividades; que podrán ser únicamente cámaras de video y micrófonos.

“Una reforma que sin duda aportará numerosos beneficios sociales y laborales para todos. Una reforma a favor de lograr equilibrio entre la vida personal y laboral, menos gastos familiares, atención eficiente en las responsabilidades profesionales, lo que conlleva a mayor productividad laboral”, dijo la diputada Ana Priscila González.

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