Espaldarazo al IFT

La controversia constitucional interpuesta por el caso de las atribuciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), es el preludio de lo que puede pasar en aras de proteger las reformas estructurales del gobierno que fueron aprobadas en 2013.

Ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), notificó a la Presidencia que admitió la controversia y notificó que el IFT podrá ejercer sus atribuciones constitucionales, en tanto de resuelve el fondo del asunto.

La controversia constitucional interpuesta por el caso de las atribuciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), es el preludio de lo que puede pasar en aras de proteger las reformas estructurales del gobierno que fueron aprobadas en 2013.

Ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), notificó a la Presidencia que admitió la controversia y notificó que el IFT podrá ejercer sus atribuciones constitucionales, en tanto de resuelve el fondo del asunto.

La ministra Olga María Sánchez Cordero informó a la Presidencia que se concede la suspensión en contra de los actos reclamados del juez trigésimo segundo de lo civil del Distrito Federal.

Sánchez Cordero aclaró que es el IFT -ante la ausencia de legislación en la material- quien deberá llevar a cabo todos los actos administrativos de su competencia.

Esa decisión, no es solo el espaldarazo al Instituto Federal de Telecomunicaciones, sino un mensaje claro y directo del staff del presidente Enrique Peña Nieto de que se utilizarán los medios al alcance para defender todas las reformas.

Ahora la SCJN tendrá que definir si es más importante el derecho de la población a recibir señales de televisión abierta, o los derechos de autor de Televisa y TV Azteca.

La impotencia o falta de experiencia para resolver el conflicto y desenredar el asunto de la retransmisión de señales de la televisión pública a la restringida, llevaron al IFT a solicitar la controversia constitucional.

Se pudo haber evitado

El juez 32 de lo civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, emitió -a solicitud de Televisa- la resolución de discordia en el marco de un litigio con Dish por subir sus canales vía la venta de decodificadores.

Aunque se espera que la SCJN dé prioridad a la controversia, Dish ya decidió que seguirá bajando la señal de TV Azteca de forma gratuita.

No solo eso, la televisora advirtió que desde el año pasado presentó una demanda contra el juez Édgar Elías Azar y una queja administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura.

Pero Televisa inició el litigio en 2011 por la retransmisión indebida de señales por parte de Dish, esto es, dos años antes de que presentaran la Reforma de Telecomunicaciones.

Lo cierto es que el juicio se abrió el año pasado, antes de que se discutiera la gratuidad de la medida y existiera el nuevo órgano regulador que sustituyó a la Cofetel.

El conflicto entre las televisoras se hubiera evitado si el IFT hubiese emitido su resolución desde septiembre pasado, cuando Dish y las empresas cableras comenzaron a bajar gratuitamente las señales de Televisa y TV Azteca.

Ya la esperan

Será esta semana cuando lleguen al Senado las leyes secundarias en material de telecomunicaciones y competencia económica.

Se espera que dichas legislaciones ayuden a combatir los monopolios en todos los sectores, pero sin atomizar a la industria nacional o dejarla a merced de los inversionistas foráneos.

Para ello, se propondrán blindajes especiales frente a las inversiones extranjeras.

De ahí que la reglamentación de la reforma establecerá los alcances del IFT para determinar la preponderancia económica de los concesionarios en telecomunicaciones y radiodifusión.

Además, se fijarán las reglas del juego para la accesibilidad universal a la banda ancha y la posibilidad de que cualquier competidor pueda ofrecer sus servicios a los usuarios, a fin de generar mejor calidad y tarifas más bajas a los consumidores.

La ‘novela’ de las televisoras

> Cuando fue aprobada la reforma de telecomunicaciones Dish “subió” las señales de los canales 2, 5, 7 y 13, en apego al artículo Octavo Transitorio del decreto, el cual indica la obligatoriedad de distribuir a empresas de televisión de paga –y de forma gratuita– las señales cuya cobertura abarque más del 50 por ciento del territorio nacional.

> Televisa y TV Azteca reclamaron, pero el IFT no dio respuesta. Azteca incluso demandó pago retroactivo por actos de “piratería” y acusó a Dish de violentar la ley al tomar furtivamente sus señales y además, beneficiar a Telmex con la distribución gratuita.

> El 10 de febrero, el IFT recibió un oficio el juez 32 de lo civil del Distrito Federal en donde señala que el instituto no era competente para regular el must carry-must offer. Dos días después, el IFT suspendió la discusión sobre esta práctica y solicitó al titular del Ejecutivo promover la controversia constitucional para que fuera la Corte quien resolviera el asunto.

> Ayer, la ministra Olga Sánchez Cordero suspendió el fallo del juez 32. Explicó que por disposición constitucional, la competencia del IFT no puede ser desconocida por cualquier otro ente público y señaló que el Juzgado 32 deberá abstenerse de realizar cualquier pronunciamiento o acto que implique desconocer las facultades que tiene el IFT.

Te puede interesar