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Es oficial: Congreso de Puebla aprueba cárcel para agresores de personal de salud

Después de que el gobernador Miguel Barbosa enviara una iniciativa, el Congreso de Puebla aprueba cárcel para agresores de personal de salud

Legisladores que integran el Congreso de Puebla aprobaron castigar con cárcel a agresores del personal de salud; las sanciones pueden ser de hasta seis años de prisión.

Aquellos que agredan físicamente o con algún tipo de líquido, como agua o cloro, a médicos, enfermeras, personal administrativo o cualquier persona que labore para el sector salud serán acreedores a dicha pena.

El gobernador del estado, Luis Miguel Barbosa, envió una iniciativa al Congreso local para reformar los artículos 357 y 438 Bis del Código Penal de Puebla.

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Tras la reforma el artículo 357 quedó redactado de esta forma:

Cuando la conducta (discriminación) sea cometida en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería, y demás profesionales similares y auxiliares, del sector privado o público durante el periodo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria, la pena de prisión incrementará de tres a seis años.
Reforma

Pese a que la propuesta de Barbosa contó con aceptación entre los legisladores de todos los partidos, algunos de ellos reclamaron que desde hace tiempo existían  propuestas similares previas, las cuales ni siquiera fueron tomadas en cuenta.

Por ello algunos de los diputados locales comentaron que pareciera que se operó solamente a favor de los intereses del mandatario, a pesar de que es vital proteger al personal que labora en hospitales durante la pandemia.

Tras la nueva adición al artículo 338 Bis, se estableció que las agresiones contra personal sanitario aumentarán durante la contingencia por la pandemia de COVID-19.

“Tratándose de delitos cometidos contra médicos, cirujanos, personal de enfermería y demás profesionales similares y auxiliares del sector público que presten servicios de salud en términos de la ley de la materia, que en ejercicio de sus funciones o derivado de las mismas, durante el tiempo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria, la pena aumentará en un tanto, además de la que corresponda por el o los delitos cometidos”, menciona dicho artículo.

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