Derechos Humanos y Periodistas

Presentan el cuadernillo de bolsillo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Con el propósito de hacer público cuáles son las acciones que se ofrecen mediante el Mecanismo Nacional para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, se presentó un cuadernillo de bolsillo en el que se detalla cuál es el procedimiento para acceder en caso de que sea necesario y las estrategias que se implementan a través de este programa.

Durante la presentación, el director general adjunto de Recepción de Casos y Reacción Inmediata de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Jorge Ruiz del Ángel, dio una explicación pormenorizada de cómo funciona el Mecanismo, haciendo alusión a una atención efectiva y pronta, para evitar que se den situaciones lamentables.

Explicó que todo este protocolo de protección está fundamentado en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, tomando mayor impulso en el año 2010, en donde se le da un papel fundamental a este tema. Dijo que Guerrero ha hecho un gran trabajo en esta materia.

En el cuadernillo se detalla que dentro del rango de periodistas se reconoce a todas las personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole, cuyo trabajo consiste en recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o de imagen. Mientras que las personas Defensoras de Derechos Humanos son las que de manera individual o en grupo organizado, promuevan la defensa y salvaguarda de las garantías de las personas.

De acuerdo a lo expuesto, las funciones de este mecanismo son el recibir las solicitudes de incorporación al mismo, definir si los casos que reciben son de procedimiento ordinario o extraordinario, solicitar a la Unidad de Evaluación de Riesgos, la elaboración del Estudio de Evaluación, realizar el estudio correspondiente, emitir e implementar de manera inmediata las medidas urgentes de protección, informar a la coordinación sobre las medidas, elaborar, evaluar y actualizar periódicamente el protocolo así como auxiliar al peticionario o beneficiario en la presentación de quejas o denuncias antes las autoridades correspondientes.

En caso de requerirse, el procedimiento ordinario contempla las medidas de prevención, de protección y de urgentes de protección. Mientras que, en un procedimiento extraordinario, en un plazo no mayor a tres horas, la Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida, emite medidas urgentes en no más de nueve horas, debe implementar las medidas y realizar las acciones correspondientes.

Dichas medidas pueden ser desde la entrega de instructivos, manuales y cursos de autoprotección hasta la evacuación, reubicación temporal, escoltas de cuerpos especializados y protección de inmuebles.

Para pedir este apoyo, a nivel estatal se ponen a disposición los números 7471378514 y el celular 7471485693 así como el correo electrónico [email protected] o acudir a Palacio de Gobierno, Edificio Norte Segundo Piso, en el boulevard René Juárez Cisneros número 62, en Chilpancingo.

En este acto estuvo presente el subsecretario de Gobierno para Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos del gobierno del estado, Jorge Zuriel de los Santos Barrila, así como representantes de diversos organismos.

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