Culpan a administradora de CEE por irregularidad

La contratación irregular de la CEE de una empresa, en la que firmó un exrepresentante legal que un año antes había renunciado a sus funciones, fue responsabilidad de la directora de Administración, Marcela Niño de Rivera.

Así coinciden los comisionados ciudadanos del organismo electoral, Gilberto Pablo de Hoyos y Manuel Gerardo Ayala, quienes cuestionan los servicios brindados a la institución por Servicios Comerciales y Administrativos RAF S.A. de C.V.

Javier Estrada Javier Estrada Publicado el
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La contratación irregular de la CEE de una empresa, en la que firmó un exrepresentante legal que un año antes había renunciado a sus funciones, fue responsabilidad de la directora de Administración, Marcela Niño de Rivera.

Así coinciden los comisionados ciudadanos del organismo electoral, Gilberto Pablo de Hoyos y Manuel Gerardo Ayala, quienes cuestionan los servicios brindados a la institución por Servicios Comerciales y Administrativos RAF S.A. de C.V.

Reporte Indigo publicó ayer que en el contrato, firmado el 6 de junio de 2012 entre la Comisión Estatal Electoral y la compañía, aparece la rúbrica del exrepresentante Carlos Diego Mendoza, quien un año antes había renunciado a su cargo.

Esta empresa de Recursos Humanos se encargó de generar formatos de evaluación de desempeño, desarrollo de políticas y el plan de seguimiento de trabajo de la institución en los procesos electorales del año pasado.

“(La directora) es la que tiene que revisar a detalle que reúna lo que están presentando en las cotizaciones los proveedores, que reúnan los requisitos que establece la Ley”, manifiesta De Hoyos.

La directora Niño de Rivera, el presidente de la CEE, Luis Daniel López, y el enlace con el organismo electoral, Javier Omar Pedraza, fueron los que firmaron el contrato con este representante “fantasma”.

“Debieron de tener el análisis exhaustivo y la revisión de la documentación necesaria para poder determinar que esa empresa puede ser apta para formar parte del padrón de proveedores”.

La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de  Nuevo León, establece una serie de requisitos para que una empresa pueda registrarse en el listado de proveedores, entre ellos, acreditar la legalidad de los representantes jurídicos.

En el artículo 30 del ordenamiento se lee que para acreditar su personalidad, la compañía debe suscribir una carta poder notariada ante dos testigos y la escritura pública, otorgada por un fedatario, que contiene el poder para actos de administración.

De Hoyos sostiene que en este caso no se reunió el requisito para la suscripción en el padrón de proveedores.

“La Comisión debió haber investigado a detalle esto desde un principio, porque obviamente con lo que aparece en la nota puede decirse que hubo algún tipo de irregularidad”.

Por su parte, el comisionado Ayala manifiesta que para evadir el escrutinio de las contrataciones, la Dirección de Administración de la CEE fraccionó éste y otros servicios externos.

De esta manera, según él, se evitaba el análisis de los contratos por el Comité de Adquisiciones, integrado por comisionados y la propia Niño de Rivera.

“Muchas (contrataciones) se hicieron directas y las fraccionaban, por eso no llegaban al Comité”, expresa.

Ayala afirma que los servicios brindados por la empresa, que suman más de 180 mil pesos, fueron innecesarios debido a que pudieron ser realizados por la Unidad de Planeación y del Servicio Profesional Electoral de la CEE.

“Se pagaron asesorías o servicios innecesarios, porque esos servicios se hacían, o se podían haber hecho, con personal que tiene la propia estructura de la Comisión a la que le estás pagando por nómina”.

De Hoyos coincide con su homólogo en que esos servicios pudieron ser cubiertos por el órgano interno.

“Yo no veo por qué se tiene que contratar a una empresa externa para ver lo que se puede hacer en la Comisión.

“¿Si hay personal que tiene un sueldo, que tiene la experiencia y el conocimiento para poder satisfacer las necesidades que tiene la Comisión para cierto tema, por qué se tienen que conseguir externos?”, cuestiona.

Servicios Comerciales y Administrativos RAF S.A. de C.V. está registrada en el número 323 de la calle Hidalgo, en el centro de San Pedro, donde se ubica un inmueble de dos pisos con tres locales.

La empresa compartió ese edificio y el exrepresentante legal con otras dos compañías: ADV Corp S.A. de C.V., y Urbanizaciones y Obras Integrales de Monterrey S.A. de C.V.

Reporte Indigo acudió a la dirección y corroboró que esas sociedades ya no funcionan ahí. Las oficinas están en un proceso de demolición para ser ocupadas por un gimnasio que expandirá sus operaciones.

Personal del nuevo establecimiento confirmó que las tres compañías abandonaron las instalaciones durante el año pasado.

Se solicitó una entrevista con el presidente de la CEE, Luis Daniel López, para conocer la versión institucional del organismo, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta por parte del titular.

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