Continúa lucha por Vía Norte

Aunque la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción no ha reconocido la denuncia presentada contra los magistrados Rodrigo Maldonado Corpus y Cruz Cantú Garza, un juez federal concedió una suspensión para que no se ejecute la resolución del 28 de marzo de 2019 que ellos revocaron para que continúe en construcción el desarrollo inmobiliario de San Nicolás

El fiscal Javier Garza y Garza ignora el recurso legal presentado por vecinos contra los magistrados Rodrigo Maldonado Corpus y Cruz Cantú Garza, pero a nivel federal hay avances en el caso Vía Norte.

Mientras que un juez del Poder Judicial de la Federación concedió una suspensión provisional a la Asociación de Vecinos Polígono Barragán Poniente, la denuncia presentada ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Nuevo León por revocar una sentencia definitiva no ha procedido.

“Concédase a la parte quejosa Asociación de Vecinos Polígono Barragán, A.C., la medida cautelar para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran y no se ejecute la resolución de 28 de marzo de 2019”, dice el documento Incidente de suspensión 450/2019 en poder de Reporte Índigo.

La demanda que presentó el abogado Miguel Zárate contra dos magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) del Estado de Nuevo León se recibió el día 10. Así, el 11 de abril fue otorgado el amparo 450/2019 a los vecinos para que no se ejecute la resolución del 28 de marzo de 2019.

“Solicito, primero, termine por presentada en tiempo y forma la denuncia en contra de C. Dr. Rodrigo Maldonado Corpus y C. Lic. Cruz Cantú Garza y contra quien resulte responsable, por el delito que se tipifique”, decía el documento en una primera solicitud a la fiscalía que encabeza Javier Garza y Garza.

Según el expediente 1482/2017 ambos magistrados de la Sala Superior del TJA aprobaron el 20 de marzo del 2018 frenar la construcción de 264 departamentos y locales comerciales en el complejo. El 28 de marzo de 2019, un año después, sólo el magistrado José Manuel Guajardo detalló en la consideración de su voto particular que no había necesidad de hacer una nueva reflexión en un caso que ya había sido cerrado por unanimidad.

Guajardo fue el único que votó en contra, mientras que Maldonado y Cantú se expresaron a favor de seguir con la parte habitacional y comercial de esta área nicolaíta

Ambos revocaron una sentencia anterior dictada por ellos mismos para beneficiar a este desarrollo inmobiliario, a pesar de que contaba con el carácter de cosa juzgada.

Por ello, los vecinos alertaban la ilegalidad por parte del tribunal para beneficiar a Vía Norte y advertían que existía contubernio entre los juzgadores y los desarrolladores.

“Como está ordenado en esta fecha en el juicio de amparo 450/2019, fórmese y tramítese por duplicado el incidente de suspensión promovido por Asociación de Vecinos Polígono Barragán, A.C., por conducto de su representante legal Julio Edgar Baca Leos, contra actos que reclama de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa y de otra autoridad”, menciona el documento.

Para conceder este apoyo que solicitaron los quejosos, es decir, los vecinos, el Poder Judicial de la Federación se basó en la Ley de Amparo y en los principios del buen derecho y del interés social

La precisión de los actos reclamados

La Asociación de Vecinos Polígono Barragán Poniente enumeró cuatro actos que reclama a la Sala Superior del TJA regio.

El primero de ellos, fue la sentencia del 28 de noviembre de 2019 para negar la suspensión solicitada por las autoridades demandantes y considerar fundada la impugnación de Inmobiliaria Zdec, S.A. de C.V. en contra del auto de fecha 3 de abril de 2018, interpuesto por las firmas Fideicomiso de Proyectos Estratégicos “FIDEPROES” y Desarrolladora Valle Poniente JS, S.A. de C.V

El segundo es la revocación y/o desconocimiento de la sentencia del 20 de marzo de 2018, en la cual, al resolver un recurso de revisión en contra del auto del 19 de octubre de 2018 se confirmó la suspensión del acto impugnado.

El tercero es la revocación y/o desconocimiento de la sentencia de fecha 29 de junio de 2018, en la cual se determinó la imposibilidad de analizar de nueva cuenta este caso.

El cuarto y último es la violación al derecho humano de acceso a la justicia, derivada de la revocación y/o desconocimiento de las ejecutorias del 20 de marzo de 2018 y 29 de junio de 2018.

De la Segunda Sala Ordinaria del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Nuevo León, los vecinos reclaman la ejecución de los actos ordenados por la Sala Superior y las consecuencias directas, indirectas, mediatas e inmediatas que esto pueda traer.

264
departamentos hay en el área nicolaíta

Además, la Asociación de Vecinos Polígono Barragán Poniente solicitó que la suspensión surtiera seis efectos: que la sentencia del 29 de junio de 2018 no valga, no se ejecute, que no continúe la construcción del conjunto urbano Vía Norte, que no se revoque la suspensión del acto impugnado y no se dejen sin efectos las resoluciones del 20 de marzo y 29 de junio de 2018.

Con los más de ocho documentos de impresiones de resoluciones emitidas, el Poder Judicial les concedió un valor probatorio, salvo en casos consumados como el del 29 de junio de 2018, 3 de abril de 2018 y 20 de marzo de 2018.

Aunque la parte quejosa no solicitó la medida cautelar para que no surta efectos la resolución de 28 de marzo de 2019, el juzgado estimó conveniente la suspensión del acto reclamado para un efecto diverso al solicitado, es decir, para que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran.

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