Existen muestras de que las acciones del Constituyente de Jalisco actuará bajo influencia de los Partidos

Constituyente de Jalisco, bajo la sombra de partidos

El texto base de lo que será la nueva Constitución de Jalisco será redactado por un Consejo Técnico-Académico cuya conformación no será decidida por el Constituyente de forma plural, sino por el Congreso local dominado por los intereses de los partidos mayoritarios

Aunque discursivamente se ha señalado que el próximo Congreso Constituyente de Jalisco fungirá como un ente autónomo en su tarea de formar una nueva Constitución estatal, existen muestras claras de que su actuar estará condicionado por la fuerte influencia de los partidos políticos mayoritarios en el Legislativo regional.

Indicio de ello es que los futuros diputados constituyentes tendrán que comenzar a trabajar sobre un documento base que les será provisto por el Consejo Técnico-Académico, un órgano cuya conformación será decidida por el Congreso local, el mismo que está en manos de las bancadas del Movimiento Ciudadano, PAN y PRI.

De esta manera, el texto rector de lo que será la futura Constitución de Jalisco será elaborado por un organismo cuya conformación podría verse presa del habitual reparto de cuotas entre los partidos.

11
comisiones del Congreso de la entidad estarán involucradas en la gestación de la nueva Carta Magna de Jalisco

En la iniciativa de ley presentada por el diputado Héctor Pizano Ramos para regular los trabajos e instalación del nuevo Constituyente, se detalla que el Consejo Técnico-Académico deberá presentar la propuesta a consideración del pleno del documento rector para la discusión del nuevo texto constitucional para el estado de Jalisco, de conformidad con las disposiciones del artículo 62.

Dicho Consejo –definido como un órgano asesor y consultor permanente del Constituyente– estará integrado por quince académicos de “reconocida capacidad y honorabilidad” que tendrán como propósito apoyar en la creación de la nueva Carta Magna de la entidad.

Sin embargo la selección de sus integrantes –los cuales deberán cumplir con los principios de paridad de género– quedará en manos de la LXII Legislatura de Jalisco en un proceso de votación por mayoría simple, desempeñando sus funciones hasta la culminación de sus trabajos del Constituyente.

El Congreso local deberá elegir a los 15 académicos de una terna que nacerá de las postulaciones que hagan instituciones como la Universidad Nacional Autónoma de México; el Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Colegio Nacional; el Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República y el Colegio de México.

Cada una de estas organizaciones, podrá proponer a tres candidatos extraídos de su cuerpo docente.

En el plano local, la Universidad de Guadalajara; la Universidad Panamericana; la Universidad Autónoma de Guadalajara y el Sistema Tecnológico de Monterrey serán los organismos que tendrán en sus manos proponer académicos para la terna del Consejo.

Entre los requisitos para ser miembro del órgano que formará los cimientos de la nueva Constitución están el tener reconocimiento como jurista, científico social, especialista o experto en temas constitucionales, “merced a su obra publicada y a su trayectoria profesional”, como lo indica el artículo 55 de dicho proyecto.

Por lo tanto, el órgano no dará cabida a artistas, filósofos ni a representantes de cualquier otro ámbito de la vida pública de Jalisco más allá del derecho y la ciencia social.

El verdadero Constituyente

El Consejo Técnico-Académico que será seleccionado por el Congreso del Estado y sus fuerzas partidistas dominantes tendrá un papel tan fundamental en la emisión del nuevo texto constitucional que bien podría considerársele como el verdadero Constituyente.

La iniciativa de Ley que regulará los trabajos para expedir el nuevo marco constitucional local es muy clara al establecer que los diputados constituyentes básicamente se limitarán a validar o a proponer modificaciones sobre la propuesta de Constitución que emane del Consejo.

“Las iniciativas (presentadas por los constituyentes) versarán sobre modificaciones o adiciones a la propuesta del documento rector del nuevo texto constitucional propuesto por el Consejo Técnico-Académico.

“Sólo podrán presentar iniciativas en un periodo que correrá desde la instalación del Constituyente y hasta cuatro meses después, mismas que deberán ser turnadas a las comisiones de manera inmediata”, señala la iniciativa.

Asimismo, en el artículo 106 de la misma se apunta que los dictámenes resultantes de los ajustes presentados deberán versar sobre “la parte correspondiente de la propuesta al documento rector del nuevo texto constitucional enviado por el Consejo TécnicoAcadémico”, limitando así el actuar de los constituyentes.

El trabajo de los constituyentes quedará limitado a presentar observaciones y ajustes sobre el texto rector emanado del Consejo TécnicoAcadémico

En tanto, son 11 las comisiones previstas hasta el momento para trabajar el nuevo texto rector del estado de Jalisco: la de Principios Generales; la de Derechos Humanos y Grupos Prioritarios; la de Desarrollo Sostenible y Planeación Democrática; la de Participación Ciudadana, Gobernanza y Asuntos Electorales; la de Seguridad Pública; la de Poderes Públicos.

Además de las comisiones de Organismos Constitucionales Autónomos; de Municipios y Asuntos Metropolitanos; de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres; de Federalismo y Pacto Federal; y por último, la de Combate a la Corrupción y Régimen de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

De esta forma, la amplia influencia que podrán tener los partidos y grupos políticos de Jalisco sobre la redacción de la nueva Constitución trascenderá el ámbito del Consejo Técnico-Académico, pues no debe olvidarse que el texto final que apruebe el Constituyente también deberá ser validado por el Congreso local y los ayuntamientos, según el actual artículo 117 Bis constitucional.

El Congreso local inclusive podrá hacer observaciones por una sola ocasión al dictamen de la nueva Constitución, y retornarlo para su discusión al propio Constituyente.

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